lunes, 4 de marzo de 2013

CAPITULO VI




UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

DECADA – 1521-1530


CAPITULO VI



Guayre Adarguma


1522 Diciembre 20.
1.303-1.-Pero Martín, natural desta isla, e Francisco Delgado, mi criado, va. Unas cuevas e moradas q. son en Heneto q. han por nombre de los naturales desta dha. isla Guina q. son en el barranco de las tas. q. dicen de Guillén Castellano, el barranco abajo cerca de la montaña de Taco por la una banda e por la banda de abajo el mismo barranco q. va hacia la mar e por la otra parte la cueva horadada. Otrosí hago merced a vos el dho. F. D. de la dha. cueva horadada. Digo q. vos do a vos el dho. F. D. las dhas. cuevas y no a otra persona ninguna. 20-XII-1522. 4-VII-1555 presentolo Francisco Delgado, hijo de Hernand Gallego. [Acompaña copia simple antigua, hecha antes de mancharse el original, en el q. no pueden leerse ya los nombres de lugar. La rública (y el índice del cuaderno) insiste en los dos donatarios, a pesar de la condena expresa del Adelantado]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1522. Diciembre, 21. Valladolid. Licencia al concejo de Gran Canaria para que pueda echar por sisa 144.962 mrs. Dada la extrema necesidad de cereales del año 1521 y del presente, el Cabildo de la isla hizo traer de Cádiz, y otros lugares, el necesario para abastecer a la población. En esta transacción perdió la citada cantidad porque lo vendió a un precio inferior al de compra. Por ello el concejo solicita, por medio de una petición firmada del escribano mayor, la licencia para echar sisa. Arzobispo. Polanco. Alonso de Castilla. Qualla. Beltrán. Acuña. Tello. Vitoria. (E. Aznar et. Al. 1991)

1522. Diciembre, 24. Valladolid. Orden al gobernador de Gran Canaria para que vea la ley de Cortes del rey don Alonso sobre recusaciones, que va inserta, y la cumpla. Se da a petición de Pedro de Peñalosa, antiguo regidor de dicha isla y procurador de la misma, quien informó que, por estar tan apartado de estos reinos tiene provisión para que el cabildo pueda nombrar, sin el gobernador, "acompañados" en las causas de recusación. A pesar de ello, el gobernador y su teniente no quieren conocer en dichas causas, prohiben a los escribanos que asienten los autos que los acompañados demandan, y ponen penas a éstos para disuadirlos. Arzobispo. Alonso de Castilla. Qualla. Beltrá D.
Guevara. Acuña. Tello. Vitoria. (E. Aznar et. Al. 1991)

1522. Diciembre, 25. Valladolid. Regimiento en Gran Canaria para Diego de Narváez, vecino, por renuncia de Juan de Narváez, su padre. Se ordena al concejo que lo reciba y guarde sus derechos con tal que presente la carta antes de los seis meses, su padre le sobreviva 20 días y el cargo no sea de nueva creación. El Rey. Qualla. García. (E. Aznar et. Al. 1991)

1522 Diciembre 29.
96.- Yo don Alonso Fernández de Lugo, primero Adelantado e capitán general de las y slas de Canaria e la Berbería e perpetuo goernador de las yslas de Tenerife e la de San Miguel de la Palma por sus magestades del emperador Reyna, Rey, n. s., acatando que vos Pedro Cordero, mi criado, soys onbre ábile e deligente e que bien e fielmente harés e cumplirés lo que por mí e mi teniente e alcaldes os fuere mandado en esta ysla e que guarderéys el servicio de sus magestades e lo que a la esecución de su justicia conviniere, por la presente vos hago e crío por mi alguazil para que por toda esta ysla de
Tenerife podáys traer e traygáys vara de mi alguazil e podáys esecutar y esecutéys todos e qualesquier mandamientos ceviles e criminales que por mí e por el dicho mi teniente e alcaldes os fueren dados e prender qualesquier delinquentes que conforme a derecho puedan e devan ser presos y en todo podáys hacer y exercer y esecutar todo aquello que buen alguazil puede e deve hacer para la qual vos do poder cumplido en todas sus yncidencias e dependencias, e por esta mando a Alonso Núñez e Juan de Badajoz e Niculás de Vaena e Alonso Velázquez que en esta ciudad no usen de oficio de alguazil ni traygan vara so las penas en que caen e yncurren los que usan de oficio público syn tener poder e de veynte mill mrs. para la Cámara, salvo sy por nueva provisyón mía no tuviéredes poder para ser alguazil del campo, e para bien e fielmente usar e exercer el dicho cargo de alguazil rescebí de vos la solenidad de juramento que en tal caso se requiere. Hecho a 29. ¿XI? .1522. E Pedro de Lugo, regidor, que está presente dixo que sale por fiador de Pedro Cordero en razón del dicho oficio que servirá e residirá los treynta días que la ley dispone e pagará quinientos de mrs. que el dicho Pedro de Lugo como su fiador la pagará por su persona e bienes. Testigos: el señor Lcdo. Balcárcel e el Lcdo. Santa Cruz, escribano público. El Adelantado. (Rasgos de otra firma, pero esta parte del documento está rota). (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1523. Alonso González, natural y vecino de Chinech (Tenerife), primo segundo que fue de Francisco del Castillo, natural que fue de Chinech (Tenerife), estante en la isla de Benahuare (La Palma), difunto, dice que Juan Vizcaíno, natural de Chinet (Tenerife) y vecino de Benahuare (La Palma; ausente, había causado heridas a su primo Francisco Castillo, a consecuencia de las cuales murió. Por la presente perdona a Vizcaíno la muerte de su primo, porque se había hecho público por toda la isla que era culpable.

1523. Bartolomé Rodríguez, zapatero, vecino de La Orotava, Chinech, dice que hace donación a su mujer Isabel Peláez de una esclava de edad unos 20 años, llamada Ana. Otorga la donación por los buenos y leales servicios que la mujer le ha hecho y hace, además de la honra del matrimonio.

1523. Por parte de los invasores colonos establecidos en Chinech (Tenerife) se verificó  una entrada en el continente por el punto llamado costa de Benayún, en la cual demos-tró su arrojo y bizarría Pedro Hernández de Alfaro, colono sevillano avecindado en La Orotava.

1523. No consta de una manera exacta el año en que el Chantre de la Catedral de Canarias D. Martín Jiménez, que había sido Fiscal del Santo Oficio de Sevilla, sucediera López Tribaldos en el cargo de Inquisidor.

Castillo en su descripción histórica nos dice, que este nombramiento tuvo lugar en 1524, por el Arzobispo Metropolitano D. Alonso Manrique, pero ya, en noviembre de mil quinientos veinte, encontramos en las actas del Cabildo un acuerdo, en el cual se disponía que, conformándose con la costumbre establecida en la Iglesia de Sevilla, ganase el Chantre Jiménez las rentas de su Prebenda; como resida en el Santo oficio de la Inquisición.

Hemos visto, además, una Real Cédula expedida en. Valladolid, en 8 de Julio de 1523, en la cual se mandaba al Deán y Cabildo de esta misma Santa Iglesia, acudiese con sus rentas al Inquisidor Chantre, pues, según parece, había determinado privarle de ellas, a pesar del acuerdo anterior, y tenía interpuesta apelación en Roma.

Consta también de las mismas actas, que por entonces era Inquisidor ordinario el Sr. Prior de la misma Catedral D. Alonso Vivas, pues se le comisionó en Octubre de 1523, para que collocie8e en causas de fé, tanto en esta Isla como en todo el Obispado, por cuanto ya babía entendido en inquirir ciertos hereges en la ciudad de Telde y A güimes.

Ya por este tiempo, las dos encontradas jurisdicciones, eclesiástica é inquisitorial, habían tenido ocasión de medir sus armas, como se deja adivinar de la excomunión lanzada por Jiménez, contra algunos Señores Capitulares, en Julio de 1521, y la cual produjo tan grande enojo en el Cabildo, que fué despedido el Cura Aparicio López, solo porque se apresuró á notificarla á aquellos Señores, sin el respeto debido, aí1adiendo en su acuerdo de 6 de Julio del mismo año "y por cuanto el bachiller Don Martín Jiménez, Chantre de esta Iglesia, con poco temor de Dios y de su ánima, siendo obligado á defenderlo, había solicitado el despojo de los capellanes, hasta ponerles entredicho á los Beneficiados, en contravención al juramento de su posesión, se acordaba y mandaba, no se le acudiese con ninguna cosa de su renta, hasta que se vea lo que se deba hacer." .

Pocos dias despues, el mismo Cabildo eclesiástico enviaba un diputado á la Corte, que lo fue el Racionero Diego de Santa Maria, “para que el Rey, su Consejo, y el Obispo, pusiesen el remedio conveniente al grande agravio" y perjuicio que recibía el Cabildo de parte del Chantre Jiménez.

Estas controversias y entredichos, que luego se arreglaban siempre amistosamente, no distraían la atención del Inquisidor del objeto principal de su misión apostólica; los hereges abundaban en las siete islas, ó mas bien, los tibios y mal adoctrinados cristianos; lo que faltaba era pues, que se les observase de cerca, y que, como cualquiera otra cacería, se organizara una expedición contra ellos, y se les sorprendiera en sus mismas guaridas.

Las ordenanzas habían previsto este coso, y prescribían visitas periódicas por los pueblos del distrito, en las que se había de llevar un libro, que llamaban de “testificaciones” donde se anotaran, con asistencia de notario, todas las delaciones, dichos, hechos y noticias, que directa ó indirectamente tuviesen relación con la fé católica, es decir, todo cuanto puede caer hoy bajo el dominio de la vida interior de cada familia, sus relaciones sociales, su moralidad, y su manera de rendir culto externo á Dios. Si de estas testificaciones resultaba alguna prueba, aunque débil, de “culpabilidad”, en aquella dilatada esfera de crímenes, se sacaba copia, y se formaba causa, poniéndole al margen esta nota: «sacado á  proceso; » y de este modo era tan abundante y escogida la cosecha, que solo había el trabajo de hojear el diario, y tomar de allí, tantas cuantas causas se desearan, á elección del Inquisidor .

Esto fue lo que hizo Jiménez, al visitar las Islas de Chinet (Tenerife) y Benahuare La Palma); hizo en ellas grande acopio de delaciones, y volvió á Winiwuada (Las Palmas) con este precioso bagaje; formó luego procesos, los activó, y preparó en su consecuencia, un número conveniente de hereges, que sirvieran de brillante adorno para un edificante auto de fé.

Las circunstancias eran propicias para esta santa ceremonia. El país atravesaba una de esas crisis dolorosas, que parecen impuestas por la Providencia, con lo expiación de de nuestras faltas y errores. (A. Millares Torres; 1981)

1523. Enero, 13. Valladolid. Orden al concejo de Gran Canaria para que provea de agua al convento de la Orden de los Predicadores. Se da a petición de fray Domingo de Mendoza, maestro de teología, quien presentó hace ocho meses una real cédula que le permitía edificar el convento, obteniendo el beneplácito del concejo. Sin embargo, como el edificio se construyó en un lugar sin agua y el convento no puede pagarla, y como la ciudad dispone de cierta cantidad de agua para hacer una pila en la nueva plaza, piden que se abastezca de ella a los religiosos. Arzobispo. Polanco. Guevara. Acufia. Vázquez. Medina. Campo. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero. 13. Valladolid. Escribanía mayor del 'Cabildo de Gran Canaria para Juan de Arínez, vecino. Se da tras la renuncia que en él hizo su padre. Juan de Arínez, en virtud del poder que dió a Pedro de Iturribalzaga. Se ordena al concejo de Gran Canaria que lo reciba si ha vivido los 20 días que marca. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 15. Valladolid. Incitativa al gobernador de Gran Canaria para que determine en la demanda de doña Inés Cabrera, viuda de Lope de Sosa. Informa que cuando su marido fue Gobernador de Tierra Firme debía a Leonardo Vorón, genovés, ya otras personas cierta cantidad de mrs. .Ahora, después de muerto su esposo, le reclaman ese dinero y para obtenerlo quieren vender sus bienes a bajo precio. Con antelación, había llegado a un acuerdo con ellos, cargando la deuda sobre su hacienda a razón del 15% de 10 que les debía. Sin embargo, alega que fue engañada en más de la mitad del justo precio y que se vió obligada a aceptarlo si no quería perder su hacienda, a pesar de que dichos censos no valen más del 10%. Arzobispo. Polanco. Aguirre. Guevara. Acuña. Vázquez. Martidus. Medina. Vitoria. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 16. Valladolid. Confirmación del bachiller Cristóbal de la Coba como personero, tras la elección realizada por el cabildo de Gran Canaria, el día de Todos los Santos, en la iglesia mayor de la ciudad, una vez terminado el plazo de dos años que disfrutó Juan de Ciberio. El Rey. Cobos. Arzobispo. Polanco. Guevara. Acuña. Vázquez. Medina. Campo. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 16. Valladolid. Regimiento de Gran Canaria a Diego de Narváez tras la renuncia de Juan Narváez, vecino y regidor de la isla. Se ordena al concejo que lo reciba y guarde sus derechos si cumple con la condición de que el cargo no sea de nueva creación y si sobrevive los 20 días que marca la ley de las Cortes de Toledo. El Rey. Cobos. Arzobispo. Polanco. Guevara. Acuña. Vázquez. MediDa. Campo. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 18. Valladolid. Incitativa al corregidor o juez de residencia de Málaga para que dé cumplimiento de justicia a la demanda presentada por Cristóbal Italiano, vecino y regidor de dicha ciudad. Informa que tiene unas casas en la ciudad y que estando en la isla de Gran Canaria resolviendo asuntos de su hacienda, el corregidor de Málaga por entonces, Bernardo del Nero, se las tomó alegando que había huído. Además, el citado corregidor no ha querido atender los requerimientos de Agustín Italiano ni la presentación de una real cédula de Fernando El Católico, en la que se manda que nadie pueda ocupar dichas casas. Por ello, pide que le sea pagado un alquiler a razón de 300 ducados año, según los censos de Málaga, además de satisfacerle por los
perjuicios causados. Arzobispo, Polanco. Aguirre. Guevara. Acuña. Martinus. Medina. Luís Ramírez. Hay otra igual con fecha 15 de Enero. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 18. Valladolid. Orden a Bernardo del Nero, corregidor de Málaga, para que vea y guarde los capítulos de corregidores y jueces de residencia, ya que según Agustín Italiano, en representación de Cristóbal Italiano, incumple las pragmáticas del reino al arrendar los oficios de alguacil y otros cargos de justicia. Arzobispo. Polanco. Aguirre. Guevara. Acuña. Martinus. Medina. Luís. Ramírez. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 19. Valladolid. Regimiento de la real ciudad de Las Palmas para Bernardino Lezcano, vecino, en lugar del difunto Bernardo Cabrera. Se ordena al concejo que lo reciba en su cargo, con tal que no sea de los nuevamente acrecentados que según la ley de Cortes de Toledo se han de consumir, y a Francisco de los Cobos, secretario, que tome razón. El Rey. Cobos. Garcia. Carvajal. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 23. Valladolid. lncitativa al licenciado Rodrigo de Alfaro, juez de comisión, para que determine en la demanda presentada por el Adelantado de Canarias. Este se queja porque cúando el licenciado Alfaro entendía el pleito que lo enfrentaba con el Conde de La Gomera, no quiso darle "término probatorio ultramarino". Arzobispo. Polanco. Aguirre. Guevara. Acuña. Martinez. Medina. Gallo. (E. Aznar et. al. 1991)

1523. Enero, 23. Valladolid. Sobrecarta de una para hacer guerra a los franceses (Bruselas, 8 de julio 1521), a petición de Bartolomé Ruíz de Quirós, vecino de Gran Canaria, que hace un año perdió 600 ducados en dineros y otras cosas, en viaje de Cádiz a Gran Canaria. Santiago. Aguirre. Guevara. Acuña. Martinus. Medina. Vitoria. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 25. Valladolid. Sobrecarta de otra para hacer guerra a los franceses (Bruselas, 8 julio 1521), a petición del licenciado Rodrigo de Alfaro y Hernán González de Salas, escribano real, que perdieron todo lo que llevaban cuando, yendo hacia Gran Canaria para ejecutar las sentencias dadas por el Consejo en el pleito entre el Conde de La Gomera y el Adelantado de Canaria, los franceses que navegaban en una nao corsaria les robaron. Arzobispo. Santiago. Guevara. Acuña. Martinus. Medina. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523 Enero 27.
10.-Juan de Aguirre. Digo que puede aver doze años e más tiempo que yo di e repartí cierto término de tierra de montaña en la Breña, término de esta villa de Santa Cruz, desde la heredad de Lebyn Bonoga hasta las cuevas de Juan Francés e desde el camino de Mazo hasta la mar para que debaxo de los dichos linderos quedase por dehesa para probeymiento de madera e leña para servicio desta villa e después fue reformado por Lope de Sosa, Reformador que fue destas dichas islas por su altezas, e porque debaxo de los dichos linderos ay mucha cantydad de tierras como son helechales e granadillales e higuerales e a causa de estar defendido por dehesa no se aprovechan y están yermos, lo cual no estarían si se repartiesen aquellas tierras que no perjudicasen a la dicha montaña e aprovechándose de viñas e otras heredades, Dios, nuestro señor, y sus magestades serán dello más servidos e la ysla más aprovechada, por tanto doy en re- partimiento agora e para siempre jamás a vos dicho J. de A. diez cahízes de ta. de sembradura debaxo de los dichos linderos en aquellos lugares que para hazer las tierras e las bonificar no ayáis de cortar madera ninguna que sea para hacer casas ni otros hedeticios algunos, lo cual vos doy etc., etc., e por esta mando a los medydores desta ysla ea cualquier de ellos que dentro de los dichos linderos en los lugares sin perjuicio de la dicha montaña, vos señalen, midan e amojonen los dichos diez cahízes de tierra, ea Lope de Vallejo, mi alguacil mayor desta ysla, ea cualquier su lugarteniente que vos meta en la posesión dellas. 27 -1-1523 .

«Digo que vos do en nombre de sus altezas cien fanegas con tal que no sean en las tierras que he dado a San Miguel.» El Adelantado. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1523. Enero, 30. Valladolid. Licencia a Pedro de Herrera, racionero de la catedral de Santa Ana en Gran Canaria, para que pueda permutar su cargo con Pedro de Hureña, racionero de la iglesia de Osma. Presentación de éste al obispo. de Canaria. El Rey. Cobos. García. Carvajal. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 31. Valladolid. Incitativa al gobernador de Gran Canaria y a las demás justicias del Reino para que determinen en la petición hecha por Juan Leardo, vecino de Gran Canaria. Informa que mantuvo un pleito con Jacobo y Antonio de Cervantes, genoveses, a causa del arrendamiento de un ingenio; durante el pleito se obligó a depositar 430 doblas de oro en Francisco de Cervantes, hijo de Jacobo. Ahora, tras la muerte de los genoveses arrendadores del ingenio, Juan Leardo solicita licencia para hacer depósito en otra persona que no sea Francisco, ya que éste es extranjero "no abonado" y es con él con quien debe seguir el pleito como sucesor. Arzobispo. Polanco. Guevara. Acuña. Martinus. Medina. Vitoria. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Enero, 31. Valladolid. Orden al gobernador de Gran Canaria para que pague a Pedro de Peiialosa, regidor de la isla, el salario que le corresponde por su ida a la Corte y otros lugares, donde trató asuntos tocantes a la isla. Peñalosa partió de Córdoba y pide que se le pague el salario desde su salida de la ciudad hasta el regreso a la isla, según la tarifa pagada a otros emisarios. Arzobispo. Santiago. Aguirre. Guevara. Acuña. Martinus. Medina. Vitoria. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Febrero, .5. Valladolid. Al Gobernador de Gran Canaria para que cumpla la demanda presentada por Pedro de Peñalosa, vecino y regidor de ella, quien pidió que, una vez terminado el plazo de su gobernación, entregue al concejo de la isla la fortaleza de Las Isletas. Para ello, se le alza el pleito homenaje que había realizado por la misma. Arzobispo. Santiago. Aguirre. Acuña. Martinus. Medina. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523 Febrero 11. Alonso de Cabrera,  vende a Bemardino Justiniano una esclava berberisca, Fátima, de unos 20 años. Se la vende buena, limpia y quitada de cualquier tacha, no la vende por borracha, ladrona y huidera. El precio es de 30 doblas de oro.

1523 Enero 17.
La actuación de los piratas siguió en aumento y así se sabe por una carta del Cabildo de Gran Canaria al Emperador de la metrópoli, que había llegado entonces a la isla de arribada forzosa y robado por los franceses, el Obispo de Tierra Firma Fray Vicente Peraza hijo de D. Pedro Fernández de Saavedra y de Da Constanza Sarmiento, Señores de Fuerteventura. En su vista el Emperador dijo a las Cortes reunidas en Valladolid en 1523, «... y asimismo os mando hacer saber que todas las mares de estos reinos así de Levante como de Poniente, estan llenos de corsarios y robadores franceses y moros y turcos, los cuales han hecho y hacen grandes daños en ellas y en los navegantes por ellas; y lo que nunca se pensó, han pasado en las Islas de Canarias  y del mar Oceáno, donde han tomado muchos navíos que venían con oro y otras joyas y mercaderías de las dichas Indias e islas...»

De la segunda guerra de rivalidad en Europa (1526-1529) apenas hay antecedentes en la historia de Canarias, pues en el Archipiélago se disfrutó de una relativa tranquilidad, y sólo entre la segunda y la tercera (1536-1538) y hacia 1533 se registró el asalto sufrido por el Gobernador de la Isla de Cubagua, Licenciado Francisco de Prado, cuando navegaba a la altura de la isla de Lanzarote, cruzándose con un corsario francés y tras un combate donde resultó herido el Gobernador hubo de rendirse la embarcación del gobernador que fue bárbaramente saqueada.

Las primeras noticias de la ruptura de hostilidades entre Francia y el imperio castellano-leonés-tercera guerra- se recibió en Canarias en Agosto de 1536, la Emperatriz en ausencia de su marido, escribió desde Valladolid el 17 de Agosto de 1536 al Muy Magnífico Señor D. Bernardino de Ledesma, comunicándole tenía noticias de que en El Havre se preparaba una flota de 80 naos entre ellas la nao grande del Rey de Francia, al mando del vicealmirante de Picardía con propósito de atacar las islas, de paso para las Indias. Aconsejaba la Emperatriz se avisase el peligro a todas ellas y que estuviesen sus moradores preparados, tuvieron lugar encuentros navales en aguas de Lanzarote y Santa Cruz de la Palma.

En la cuarta guerra tuvo lugar el ataque del corsario francés Jean Alfonse de Saintonge  que el lunes 29 de octubre de 1543 apareció en el puerto de Las Isletas y acercándose con el mayor sigilo a tierra, desembarcó sus hombres amparados por la oscuridad, y se apoderaron por sorpresa de la fortaleza de La Luz, entonces en construcción, clavando una pieza de artillería de bronce.

Una vez allí montaron un cañón y mientras amenazaban los tres navíos anclados -una carabela y dos urcas cargadas de azúcar- entraron y las rindieron; estuvieron los piratas algunas horas en tierra hasta que congregadas las milicias al mando del Gobernador D. Alonso del Corral, y transportada al puerto la artillería propiedad del Regidor D. Bernardino de Lezcano Múxíca, se obligó al enemigo a evacuar la fortaleza y reembarcar en sus naves.

Las fortificaciones que en aquella época existían en la ciudad capital a quien en 1515 el Emperador de la metrópoli había concedido el título de noble ciudad, situada al E. de la isla en el extremo derecho de la rada comprendida entre el llamado puerto de Las Isletas o de La Luz y La Laja cuya extensión se aproxima a una legua, se reducían al Castillo de la Luz en construcción y la muralla de piedra y barro de diferentes gruesos y alturas: en el resto de la isla se hallaban las Torres de Agaete y la de Gando. (En: José María Pinto y de la Rosa. 1996)

1523. Febrero, 20. Valladolid. Comisión al Gobernador de Gran Canaria para que vea cierta información firmada por el escribano de cámara Ramiro de Campo, referente a una demanda presentada por Pedro Fernández de Sosa, veinticuatro de Córdoba, en nombre de doña Inés Cabrera, viuda de Lope de Sosa, gobernador de Tierra Firme, y de doña María, su hermana. Señala que doña María se casó con el señor de Lanzarote y Fuerteventura, Fernán Arias de Saavedra, prometiéndole 4.000 ducados de dote, de los que ya había recibido 3.000. Sin embargo, no ha querido convivir con ella ni mantenerla, enviándola a Gran Canaria con el pretexto de que visitara a su madre, tras el fallecimiento de su padre, para una vez allí, devolverle sus bienes. Además, Fernán Arias ejecuta la parte de la dote que aún se le debe en la hacienda que dejó Lope de Sosa en la isla. El Gobernador de Gran Canaria ordenará a Fernán de Arias que se presente al Consejo antes de seis meses, donde será vista la información que envíe el Gobernador. También proveerá sobre la ejecución de los bienes de Lope de Sosa para completar la dote. La comisión se la entregan por 30 días, con salario de 400 mrs., más 70 mrs. para el escribano que le acompañe. Arzobispo, Santiago, Aguirre. Acuña. Vázquez. Medina. Campo. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo, 8. Valladolid. Emplazamiento a Juan de Arínez, escribano mayor de Gran Canaria, para que dé a Pedro de Iturribalzaga un traslado del fuero dado a la isla. Lo necesita para presentarlo en el Consejo por el pleito que trata con dicha isla acerca del oficio de fiel y ejecutor. Arzobispo. Santiago. Aguirre. Guevara. Acuña. Vázquez. Medina. Gaspar. Ramírez. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523 Marzo 8. Cristóbal Sánchez, estante, dice que unos ocho días atrás, por induci-miento de alguna persona, su mujer Inés Martín se ausentó de su compañía con Pedro de Haya, pedrero, por cuya razón le ha cometido adulterio y ha sido adúltera con dicho Pedro de Haya. Aunque Cristóbal pudiera acusarla criminalmente, sin embargo, por Reverencia y acatamiento de la muerte y pasión de Nuestro Señor Jesucristo y porque él perdona los yerros e injurias, por la presente perdona a la dicha Inés Martín ya Pedro de Haya. Otorgado dentro de la iglesia de Nuestra Señora María de Agosto.

1523. Marzo, 9. Valladolid. Para que Pedro Ruíz de Caravantes, escribano público del número de Gran Canaria, reciba los testigos que Pedro de lturribalzaga ha de presentar ante el Consejo, en seguimiento del pleito que trata con el concejo de dicha isla sobre el oficio de fiel ejecutor. Se da a petición de lturribalzaga. Arzobispo. Polanco. Acuña. Martínez. Medina. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo, 10. Valladolid. Al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria para que informe sobre las personas legas que se acogen a la jurisdicción eclesiástica para evitar pagar las deudas de contratos, alegando que son clérigos de corona; y sobre las censuras que los jueces eclesiásticos dictan contra las autoridades por esta causa. Santiago. Aguirre. Guevara. Martínez. Medina. Trillanes. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo, 10. Valladolid. A los provisores y jueces eclesiásticos del Obispado de Canaria, para que no conozcan en las causas de personas legas que alegan ser de corona para no pagar las deudas de contratos; y para que levanten las penas que hayan dictado contra las autoridades seglares por esta causa. Aguirre. Guevara. Acuña. Martínez. Medina. Trillanes. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo, 14. Valladolid. Comisión al licenciado Rodrigo de Alfaro, juez de la comisión en Gran Canaria, Tenerife y La Palma, para que determine en la demanda de Juan Pardo de Soria, vecino de Burgos. Reclama a don Alonso Fernández de Lugo, Adelantado de Canaria, cerca de 500 arrobas de azúcar blanco que no le quiere pagar, por ser gobernador de Tenerife y La Palma, a pesar de haber pasado hace muchos años el plazo y las fianzas. Santiago. Aguirre. Acuña. Martínez. Medina. Gallo. (E. Aznar et. al. 1991)

1525 Marzo 17. Gonzalo de Baute, guanche, hijo de Diego, de los guanches de paces. Recibió data de una cueva en el barranco del puerto de los Caballos, su nombre Benchioo y otra cueva, Enxinesa, encima de Añazu (Santa Cruz). También obtuvo tierras en el barranco de las Yeguas, donde debe haber vivido antes de la conquista. Casado con Francisca González, fueron padres de Luis de Ibaute, vecino de Santa Cruz, y de Cristóbal González, casado con María Delgada, nieta de don Diego de Adeje (Pelinor).
1523. Marzo, 22. Valladolid. Comisión al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria para que determinen en la demanda presentada por Juan Pardo de Soria, vecino de Burgos, que reclama a don Alonso Fernández de Lugo cerca de 400 arrobas de azúcar que le debe; ya que ha concluído el plazo para pagarlas y teme no recibir nada, a pesar de los fiadores dados por el Adelantado en Tenerife y La Palma, ya que éste es gobernador de dichas islas. Arzobispo. Polanco. Aguirre. Acuña. Martínez. Medina. Gallo. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo, 24. Valladolid. Comisión al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria para que haga información acerca de la demanda presentada por Luis Maza, vecino de Gran Canaria, en nombre del personero y vecinos de ella. Estos se quejan de algunas personas que, por intereses particulares, consiguieron que los oficios de regimiento fuesen perpetuos, en lugar de "cadañeros", como manda el fuero dado a la isla por los Reyes Católicos y se guardó durante treinta años para beneficio de la isla. Arzobispo. Santiago. Aguirre. Guevara. Martínez. Medina. Gallo. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo, 26. Valladolid. Comisión al gobernador de Gran Canaria para que vaya a La Gomera y ejecute una obligación que el Conde de La Gomera, Señor de la isla del Hierro, hizo a doña Inés de Herrera, su hermana. En ella se le asignaba 200.000 mrs. de tributo anual en unos ingenios de La Gomera, por ser heredera de Fernán Peraza y doña Beatriz de Bobadilla. La comisión se da a petición de don Luís de Lugo, hijo de don Pedro Fernández de Lugo y de doña Inés Herrera, quien alega que la obligación no se ha pagado pese a que fue hecha hace más de dos años. Presidente. Santiago. Aguirre. Gue- vara. Acuña. Vázquez. Medina. Castillo. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo. 26. Valladolid. Comisión al gobernador de Gran Canaria, que va en misión a La Gomera, para que vea la obligación que hizo el Conde de La Gomera, sefior de la isla de El Hierro, de dar a don Pedro Fernández de Lugo ya doña Inés de Herrera la mitad de lo que obtuviese en el pleito con el Adelantado, acerca de la administración de los bienes del dicho conde de la dicha doña Inés, para cuya averiguación está en Tenerife el licenciado Alfaro desde hace año y medio. Se da a petición de don Luís de Lugo, hijo de don Pedro Fernández de Lugo y doña Inés de Herrera, quien pide se obligue al Conde a pagar. Arzobispo. Santiago. Aguirre. Guevara. Vázquez. Medina. Castillo. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo, 26. Valladolid. Comisión al doctor Lebrija, teniente de gobernador de Tenerife, para que determine en la demanda de don Luís de Lugo, que se queja de don Pedro Fernández de Lugo, su padre, por haberle tomado su hacienda de Tenerife y La Palma para darsela a los hijos de su segunda mujer; sin que haya podido obtener justicia por ser su padre gobernador (sic) de dichas islas. Arzobispo. Santiago. Aguirre. Guevara. Acuña. Vázquez. Medina. Castillo. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo. 27. Valladolid. Confirmación real del nombramiento de don Pedro Fernández de Lugo para suceder a su padre en el adelantamiento de Canaria. Van insertos el nombramiento de don Alonso Fernández de Lugo (Madrid 12 Enero 1503) por los RR.CC., la confirmación y autorización para nombrar un heredero (Barcelona 17 Agosto 1519) por Carlos I y el nombramiento hecho por don Alonso en beneficio de su hijo (San Cristóbal 21 Octubre 1521). El Rey. Cobos. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523. Marzo, 27. Valladolid. Confirmación real del nombramiento de don Pedro Fernández de Lugo para suceder a su padre en la gobernación de Tenerife y La Palma. Van insertos el nombramiento de don Alonso para la gobernación de Tenerife (Burgos 5 Noviembre 1496), idem para la de La Palma (Burgos 5 Diciembre 1496), más la confimación y autorización para nombrar un heredero (Barcelona 17 Agosto 1519), y el nombramiento hecho por don Alonso en beneficio de don Pedro (San Cristóbal 21 Octubre 1521). El Rey. Cobos. (E. Aznar et. Al. 1991)

1523 Abril 12.
1.180-9.-Juan de Aguirre, vo., y regidor. Unas tas. de s. ques en término de San Pedro de Davte en q. puede haber 40 f. linde- ros Francisco López y Cristóbal de Aponte y los llanos de Juan Picasa y la montaña arriba del lance de Garachico. 12-IV-1523.

1523. Abril, 15. Valladolid. A Juan de Pinedo, escribano mayor del cabildo de Sevilla, para que entregue a Pedro de Iturribalzaga un capítulo del fuero de Gran Canaria, que pasó ante él, para que lo presente en el pleito que sigue con dicha isla por el oficio .de fiel ejecutor. Arzobispo. Polanco. Aguirre. Guevara. Acuña. Vázquez. Medina. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et. Al. 1991)

 [Precede hoja con traslado]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1523 Abril 27.
1.331-30.-Catalina de Anival, mujer q. fuistes de Alonso de Espiño. Un asiento de una cueva q. tenéis en término desta isla e una casa q. hicistes encima della, q. es en Eguergure, q. alinda con el barranca de Acojeje e el [roto] q. es entre Tegina e el mal-país de Azora con una f. de ta. enrededor de la dha. cueva e casa. Digo q. vos do la dha. cueva e f. de ta. en el dho. lugar. 27-IV-1523. [Sigue otro folio con copia descuidada, con blancos en los rotos del original]. (Datas de Tenerife, libros I al IV).

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