viernes, 11 de julio de 2014

DOUMENTOS COLONIALES RELATIVOS AL ACTUAL MUNICIPIO DE INGENIO, GRAN CANARIA. DOCUMENTOS (1480-1599)-II





Tomados de: Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI.

1536 noviembre 23.

PODER DE ÁLVARO HERRERA A FRANCISCO DÍAZ DE BUECILLOS Y A BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA PARA QUE ENTREN EN POSESIÓN DE CIERTOS MATERIALES DEL INGENIO  DE AGUATONA. “Álvaro de Herrera, vecino de Gran Canaria, otorga poder  a Francisco Díaz de Buecillos, vecino de Telde, y a Bartolomé de Tovilleja, estante en la isla, para que entren  en posesión de ciertos cobres y de un eje grande y de otro pequeño  y de la rueda del ingenio de Aguatona, de mil seiscientas formas de barro para hacer azúcar y de otros bienes que le traspasó Francisco Sánchez  de  los  Palacios.  Todo  lo  cual  habrá  sido  vendido  en  pública almoneda  por bienes del bachiller Fernando  Ortiz  y Alonso Illescas a petición  de  Martín   Alemán,  difunto,   por  cierta  deuda   que  le  debía  y  se remataron  en Francisco Sánchez; y para que pueda presentar  mandamiento del señor bachiller Bernardianes de Torres, teniente  de gobernador de la isla ante el alguacil mayor.”  .(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1537 noviembre 16.
ALONSO DE MATOS FUE DUEÑO  DE UNA CASA CONOCIDA POR “TORREZILLA”  EN TELDE”.  Las Palmas.  “… Pedro de Xerez vezino desta ysla por la qual en efecto pidio a los dichos señores hiziesen merçed de un solar en la çibdad de Telde junto a la casa de Cristóbal  Garçia que  fue de Alonso Garçia texedor  que  comiença desde  la  pared  de  la  dicha  casa  hasta  enfrente  de  la  casa  que  se  dize Torrezilla  que fue de Alonso de Matos que es a la salida de Telde camino de la Vega de la una vanda calle Real y de la otra calle Real.”

1538 mayo 26.
JUAN DE AYALA, HIJO  DE MARTÍN ALEMÁN,  CON PODER DE SU HERMANA ISABEL MARTIN,  DA A TRIBUTO Y CENSO A DIEGO  DIAZ Y BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA,  VECINOS DE TELDE:  SIETE SUERTES DE AGUA DE DULA DE LA ACEQUIA REAL DE AGUATONA,  DOS SUERTES DE TIERRA JUNTO  AL ALBERCÓN CON QUE MUELE EL INGENIO,  CUATRO SUERTES QUE LINDAN CON LA TARIFA Y EL CAMINO QUE VIENE DE AGUIMES AL INGENIO,  DOS SUERTES LINDANTES CON DIEGO LEÓN (LEONEAS?),  DOS SUERTES JUNTO  AL CAMINO REAL TELDE-AGUIMES,  DOS SUERTES (POR  ESCRITURA DE ALONSO DE MATOS A MARTÍN ALEMÁN),  TIERRAS EN EL CAMINO REAL QUE VA A AGUIMES Y UNAS CASAS EN AGUIMES.

 “Sepas cuantos esta carta vieren como yo Juan de Ayala, hijo de Martín Alemán, difunto, que haya gloria, en nombre  y en voz de Isabel Martínez, mi hermana,  mujer  de Antonio  de Abrego, difunto,  hija y heredera  del dicho Martín Alemán, mi padre, y por virtud del poder que de ella tengo, que pasó ante  Juan Núñez,  escribano  público  de Sevilla, en viernes veinte e cuatro días  del  mes  de  septiembre   de  mil  e  quinientos   e  treinta  e  cinco  años. Otorgo e conozco que doy a tributo  e censo infetuosin desde el día de Señor San Juan de junio primero  que viene de este presente  año en que estamos de mil e quinientos  e treinta  e ocho años en adelante para siempre jamás a vos Diego Díaz e Bartolomé de Tovilleja, vecinos de la ciudad de Telde, que es en esta isla de Gran Canaria, que están presentes, siete suertes de agua por sus dulas según que se reparten  en la acequia real de la Vega de Aguatona, que  es en  esta  dicha  isla en  el término  de  Agüimes, que  la dicha  Isabel Martínez, mi hermana,  como heredera  del dicho Martín Alemán, tiene e le pertenecen en la dicha acequia real de la dicha Vega de Aguatona. E otro sí, vos doy en el dicho tributo  e censo dos suertes de tierras que la dicha Isabel Martínez, mi hermana, tiene junto al albercón, con que muele el ingenio de la dicha Vega, que linda con la dicha acequia real, e con el camino  que va del dicho ingenio a la dicha Vega de Agüimes, e con tierras del hospital de Señor San Martín, e la una suerte de ellas tiene puesta de cañas de hoj_lias o bin [sic] por arrendamiento que yo tengo hecho  de ellas por cuatro  años a precio de ocho fanegas de trigo por [¿tiempo?] de dos años, del cual dicho arrendamiento  ha  corrido  e  pasado  un  año  e  le  quedan   tres  años  por cumplir e de la dicha renta yo he cobrado  los dos años primeros, e lo demás que resta por correr e cumplir  del dicho arrendamiento lo habéis de haber e cobrar  vos los susodichos  por  vosotros  propios; e la escritura  del dicho arrendamiento pasó e se otorgó ante Hernando de Padilla, escribano  público de esta dicha isla, por el mes de febrero por escritura del año que pasó de mil e quinientos  e treinta e siete años. E la otra suerte de tierras está con suertes de cañas de azúcar de soca cortada de este año, e vos la doy con las dichas cañas de soca que en ellas están. E otro sí, vos doy en el dicho tributo e censo otras cuatro  suertes de tierras que la dicha Isabel Martínez  tiene en la dicha Vega de Aguatona que se dicen las tierras de [roto]os, que son todas juntas en un cercado que lindan  con tierras que dicen en La Tarifa y el camino  que viene de Agüimes al ingenio. E otro  sí, vos doy en el dicho tributo  e censo otras dos suertes de tierras [roto] hermana  tiene en la dicha Vega de Aguatona, que lindan [roto] de las casa de Francisco Sánchez de los Palacios e con tierras de los menores  hijos de Diego de León [roto]. E otro sí, os doy en el dicho tributo  e censo e otras dos suertes [roto] que la dicha Isabel Martínez, mi hermana, tiene en la dicha Vega de Aguatona [roto] lin- dan con el camino  real que va de Telde a Agüimes e con tierras de Álvaro de Herrera. E otro  sí, vos doy al dicho  tributo  e censo  todo  el derecho  e sucesión   que la dicha Isabel Martínez, mi hermana,  tiene e le pertenece  a otras dos suertes de tierras que son en la decha Vega de Aguatona, por razón de cierta escritura e obligación  que el dicho Martín Alemán, mi padre, e la dicha Isabel Martínez, mi hermana,  como su heredera,  tenía e tiene contra Alonso  de  Matos, vecino  de  esta  dicha  isla, para  que  las podáis  pedir  e demandar,  e recibir e cobrar, del dicho Alonso de Matos e de otro cualquier persona  o  personas  que  con  derecho  podáis  e  debáis;  e  así  habidas  e cobradas, sean propias e de vuestros herederos  e sucesores en el dicho trib- uto  e censo  [roto] tanto  que  la dicha  Isabel Martínez,  mi hermana,  y sus herederos  y sucesores no sean obligados  a vos las sanear ni hacer [roto] en ningún  tiempo. E otro sí, vos doy en el dicho tributo  e censo todo el dere- cho e sucesión que la dicha Isabel Martínez, mi hermana, como heredera del dicho  Martín  Alemán, nuestro  padre, tiene  a ciertas tierras  que  son  en la dicha Vega de Aguatona, que lindan  con el camino  real que va de esta ciudad de Agüimes e a unas casas que son en la dicha villa de Agümes e que al presente  mora  Roque Díaz, sobre  las cuales dichas tierras e casas yo en el dicho nombre  trato pleito con el dicho Francisco Sánchez, para que vos los susodichos podáis seguir, e fenecer e acabar el dicho pleito por todas suyas, e si lo vencierdes [sic] toméis e hayáis las dichas tierras e casas en el dicho tributo  e censo por vosotros, e por vuestros herederos  e sus sucesores, perpetuamente para siempre jamás, en tal manera que la dicha Isabel Martínez, mi hermana,  ni los dichos sus herederos  e sus sucesores, no sean obligados a vos las sanear ni hacer escrituras de lo que de susodicho  es. E para pedir e demandar,  e recibir  e cobrar  las dichas  dos suertes  de tierras  del dicho Alonso de Matos e las dichas casas e tierras del dicho Francisco Sánchez de los Palacios e de quien con derecho  podáis e debáis, vos instituyo  el poder que le da la dicha Isabel Martínez, mi hermana,  tengo, e en el dicho nombre vos lo cedo e traspaso  según [roto]  de ella tengo, e vos hago para ello prsco a vos [roto] en vuestro mismo fecho e causa propia. Las cuales dichas tierras, e aguas e casas, de suso contenidas  e declaradas vos doy en el dicho nombre  al dicho censo e tributo  bueno, sin lasto e derecho, sin embargo  e sin condición  alguna, con todas sus entradas  e salidas, usos, e costumbres, e servidumbres, e [roto] todas sus pertenencias  cuidadas desde hoy [roto] precio de treinta  y ocho doblas de oro [roto] de esta moneda  que hora se usa en Canaria [roto].”  .(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1538 agosto 2.
PETICIÓN  DE TÍTULO QUE HACE FRANCISCO SÁNCHEZ DE LOS  PALACIOS DE TRES PEDAZOS DE TIERRAS QUE TENIA HACÍA NUEVE AÑOS PARA REMUDAS DE AGUAS EN LA VEGA DE  AGUATONA,  PORQUE  TEMÍA LE FUESEN QUITADAS POR EL OBISPO Y QUE FUERON CONTRADICHAS POR DIEGO  DIAZ Y POR JUAN DE AVILA.  Las Palmas “…Magnificos señores Françisco Sánchez de los Palaçios beso las manos de vuestra señoria e digo que yo he aprovecha(do) e banefiçiado tres pedaços de  tierra  de  sequero  para  Remudas  de  mis  aguas que  son  en  la vega de Aguatona en que puede aver hasta quarenta hanegas de senbradura poco más o menos  que  lindan  el un  pedaço  con  el barranco  de  Aguatona  y con  el Albarrada que esta de luengo del camino que va para el yngenio de la dicha Vega y por la parte de (dentro) del cercado linda con un casaron de Rocado que esta junto de una tierra que planto Alonso Nuñez  y tomando  de luengo hasta un Alberconsillo que esta en un vallejuelo y de luengo del dicho alber- con hasta otro valle que dizen de los Alogdones e los otros dos pedaços entre mesas  de  las açequias  prinçipales  del  heredamiento de  la dicha  vega de Aguatona tomando  por  linderos  el albarrada  que  esta par de las casas del purgo  del dicho  yngenio e la otra parte  un  barranquillo  que suben  a unas tierras que dizen los lomo e en medio de esta dicha tierra lindan  por anbas partes  con tierras de los hijos y herederos  de Diego de Leon las quales yo tengo y poseo de más tiempo  de nueve años a esta parte y porque  me temo por el obispo de este obispado o de su provisor me fuesen quitas para las dar a otro  y porque  nadie  no  es parte  como  vuestras  señoria  para  darme  las dichas tierras le pido e suplico me hagan merçed  dellas y en ello me haran señaladas merçedes y me mandar  dar titulo dellas y asentallaas en el libro de los Repartimientos  de  tierras  de  esta  ysl(a) y en  ello  me  haran  señaladas merçedes cuya vida y estado nuestro  señor prospere su santo serviçio.

E  asi  presentada   por   los  dichos   señores   vista  mandaron  que   se Apregone en Telde (tres) dias de fiesta a la puerta  de la yglesia de la dicha çibdad el qual asiente la contradiçion  si la oviere. E despues de lo susodicho e veynte e dos dias del mes de octubre  e del dicho  año ante el magnifico señor  liçençiado  (Juan) Ruiz  de  Lazarte,  gobernador  desta  ysla por  sus magestades  e en presencia  de Alonso de Leon escrivano publico,  el dicho Françisco Sanchez presento  la dicha petiçion  de susos con çiertos pregones escriptos en ella e otra petiçion  firmada de su nombre  segund   que por ella paresçe su tenor de los quales dichos pregones e abtos e petiçion uno en pos de otro es el que se sygue. En la dicha çibdad de Telde que es en la ysla de la Gran Canaria domingo  veynte e nueve dias del mes de setienbre  año de mil e quinientos  e treynta e ocho años este dia sobredicho  en la plaça junto a la yglesia perochial  del  señor  san Juan  de  esta çibdad  en  saliendo  que salian  de  misa  mayor  la  gente  en  haz  de  mucha   gente  de  vezinos  e moradores  a altas bozes fue pregonada esta petiçion de Françisco Sanchez e lo a ella probeydo  e mandado  por  los   magnificos  señores  gobernador  e Regimiento  por  Juan  Fernandez   pregonero   publico  en  presençia  de  mi Hernand  Gutierrez escrivano publico desta çibdad. E luego paresçio Juan de Abila vezino de Agüimes e dixo que lo contradize  porque una suerte de tier- ras es suya de lo que  el susodicho  pide, e luego Rui Diaz  en nombre  de Diego Diaz su hermano  e como su mayordomo  dixo que lo contradize  por que  mucha  parte  de  las dichas  tierras  perteneçen al dicho  su  hermano. Testigos  del  dicho  pregon  Cristobal  de  Ariniz  alcallde  e  Diego  Xara  e Fernando  Mendez  e Diego de Reyna e Françisco de Zambrana.  E despues de esto en dia de señor  sant Françisco quatro  dias del mes de otubre  del dicho año este dicho dia quando  la gente salya de misa mayor de la dicha yglesya en a plaça junto de la dicha yglesya se pregono  por el segundo pre- gon esta dicha peticion de Françisco Sanchez e lo a ella probeydo  e manda- do por los señores gobernador e Regimiento la qual pregono  el dicho Juan Fernandez  pregonero  en presençia de mi el dicho escrivano publico e Diego Diaz  dixo que  lo contradize  segund  que  en  su nombre  lo contradixo  su hermano  Rui Diaz. Testigos Cristobal  Gutierrez  e Miguel Muñoz  e Diego Xara e Juan de Cubas e el alcallde Cristo(bal) de Ariniz. Françisco Gutierrez escrivano  publico.  Magnificos señores  Fran(cisco Sanchez) de  los Palaçios vezino desta ysla me fue dado e Rep(artido como a vecino çiertas tierras en la Vega de Aguatona termino  desta dicha ysla que se apregonase en esta çib- dad  de Telde  segund  como  paresce  (por la) data  que  me fue dada  de las dichas tierras e el cumplimiento della dola y hago presentaçion e paresçe en la dicha data contradiçiones  por…Juan de Avila e ansy mismo por Ruy Diaz en nombre  de Diego Diaz su her(mano) e despues el mismo Diego Diaz no obstante  la dicha contradiçion  que a…que paso muchos dias los dos Juan de Avila e Diego Diaz no an paresçido…seguymiento de la dicha contradiçion lo cual es maliçia por lo que pido a vuestra merçed  que me mande  dar su mandamiento para los dichos Diego Diaz e Juan de Avila para que dentro de çierto termino  parescan  an(te) vuestra merçed  a mostrar  los titulos  que cada uno de ellos tienen  a (las) dichas tierras en los aperçibimientos que de derecho se requieren  para (decir) e alegar de su derecho para lo qual el mag- nifico ofiçio de vuestra merçed imploro.

E ansy presentado  su merçed  mando  que se le de para ello un  man- damiento  qual convenga en esta Razon. E despues  desto en veynte e ocho dias  del  mes  e  año  susodicho…lo susodicho  a  Diego  Diaz  en  persona. Testigos Bartolome Zambrano  e Françisco Perez de Vistoria. E ansymesmo paresçe que se dieron mandamientos para notificar a los dichos Diego Diaz e Juan de Avila (presentasen) los titulos  que  tenian  de las dichas  tierras  e paresçe a las espaldas de los dichos  mandamientos que  les fue notificado segund  (hagan) fee. Hernando   guetierrez  escrivano  publico  de  Telde.  E despues de lo susodicho a cabildo diez e syete dias del mes de enero año del nasçimiento de nuestro  salbador ihesu christo de mill e quinientos  e treynta e nueve  años  estando  ayuntados  a cabildo  en  las casas del dicho  cabildo segund que lo an de uso e de costumbre  el dicho señor gobernador  el licen ciado de Lasarte e los señores egidores que en el dicho cabildo se hallaron se torno a presentar las dichas petiçiones por ante my el dicho Juan de Ariniz escrivano mayor (del) cabildo susodicho con los dichos pregones e más otra petiçion  postrera  que  pre(sento)  es  el  que  se  sigue. Magnificos  señores, Françisco Sanchez de los Palacios vezino desta ysla d(igo) que en dos de agos- to pasado de mill e quinientos  e treynta e ocho años en este magnifico ayun- tamiento yo pedi por una mi petiçion (m)e hizyese merçed de ç(ier)tas tierras que son en la Vega de Aguatona e (vuestra) señoria probeyeron  a la dicha mi petiçion  que yo las hiziese apregonar  en la çibdad de Telde lo qual ansy se hizo e sali(eron) a la contradiçion  de Roy Diaz en nombre  de Avila estante en Agüimes por una suerte que dize ser suya lo qual paso en ve(ynte) e nueve de  setiembre  del  dicho  año  pasado  e abiendo  pasado  muchos  dias e los dichos Diego Diaz e Juan de Avyla no aber benido  mostrando  sus titulos o data o derecho que a las dichas tierras tobyesen, yo pedi al magnifico señor G(obernador) que mandase dar (un) su mandamiento por el qual mandase a los dichos Diego Diaz e Juan de Abila mostrasen titulo o derecho que sobre dichas tierras tobyesen, Lo qual ansy fue mandado  por su merçed  e les fue notificado   segund  que  todo   lo  uso  dicho  paresçe  por  estas  por  estas petiçiones e fee de escrivano publico que ante vuestra señoria presento e del- los no an venido a mostrar  titulos  u otro  derechos  que a las dichas tierras tovyesen lo qual  los dichos  Diego  Diaz  e Juan de Avila lo an fecho mal- içiosamente por me ynpedir la merçed que vuestras señorias me hazen e sabi- endo los susodichos que yo tengo e poseo las dichas tierras de más de nuebe años  a esta parte  plantandolas  de canaverales e sembrandolas  e arrendan- dolas por m(i). por tanto  a vuestra señoria pido e suplico me hagan merçed de  madar   titulo   de  las  dichas  tierras  e  asentallas  en  el  libro   de  los Repartimientos de tierras de los vezinos desta ysla sin embargo de las dichas contradiçiones  pues  que  aquellas son  de  maliçia syn tener  titulo  no  otro derecho  alguno  y en lo ansy mandar  me haran  señaladas merçedes  e cuya byda nuestro señora(umente en) su sa(n)to serviçio Françisco Sanchez. Otrosy digo que al pie de una mi petiçion  que asy presento  esta asentado  como le fue notificado al dicho Diego Diaz por Alonso de Leon escrivano publico en beynte  e ocho  de octubre  e otra  bez por  Hernand  Gutierrez  escrivano de Telde por un mandamiento del señor gobernador  en diez de noviembre todo deste año pasado de mill e quinientos  e treynta e ocho años. E por los dichos señores gobernador  e Regidores visto lo susodicho  dixeron  que le daban  e dieron las dichas tierras que piden e donde las pide syn perjuizio de terçero. E con las condiçiones  de las tierras de sequero e mandaronselas  asentar en este libro de Repartimientos e que se le de titulo dellas.” .(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1538 agosto 12.

RUY DIAZ SOLICITA UNAS TIERRAS  LINDANTES CON EL CAMINO QUE VA A GANDO.  Las Palmas. “Magnificos señores  Ruy Diaz  vezino  de  esta  ysla suplica  a vuestras señoriasle  hagan merçed de unas tierras montuosas  que  avran treynta hane- gas poco  más  o  menos  que  tienen  por  linderos  el  camino  que  va para Gand(o) e  de  la banda  de  abaxo  unas  tierras  que  demandava  Françisco Rodríguez  de  Villalon  e  (Nuño)  (Lo)pez e  Juan  de  Aday, todos   junta- mente.Mas tiene por linderos  la montañeta de las Guedis  que en darmelas de más de acresçentar los diezmos e rrentas rreales por ser tierras que no se an aprovechado  e yo las quiera aprovechar,me hagan señalada merçed.

…E por los dichos señores governador e Regidores visto que no ay con- tradiçion  dixeron que davan  e dieron al dicho Ruy Diaz treynta hanegas de la dicha tierra por de sequero sin perjuyzio de  terçero con las condiçiones de las tierras de sequero e con (que) no las pueda enajenar a yglesia ni monesterio ni persona  poderosa  conforme  al capitulo  del fuero desta   ysla que sobrello habla e mandaronselas  asentar en el libro de Repartimientos  e darle titulo dellas.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1538 septiembre 2.
BARTOLOME DE TOVILLEJA  SOLICITA DEL CABILDO TÍTULO DE UNAS TIERRAS  QUE LE FUERON DADAS POR LA IGLESIA EN LA VEGA  CASTAÑA Y  UN PEDAZO DE TIERRA DE SEQUERO JUNTO  AL INGENIO  DE AGUIMES.

“…Magnificos  señores  Bartolome   de  Tovilleja  vezino  desta  isla  en Agüimes beso las manos de  vuestras señorias e  digo que yo tengo e poseo muchos  años a unas tierras por titulos que dellas me fue dado por la  ygle- sia e  vuestras señorias me  mandaron que los presentase a vuestras señorias e yo los traxe e  estan ante el escrivano mayor del cabildo e la tierra tengoe poseo   e no tengo titulo ninguno  porque  el que tenia me lo mando   tomar vuestra señoria e porque  yo no pierda las  dichas tierras e lo que e  labrado e benefiçiado  en ellas suplico a vuestras   señorias me hagan nueva merçed porque yo las posea por titulo de  vuestra señoria e no del obispo e me man- dar dar  mi titulo que tengo presentado  pora que por el las posea e lo reme- dien por manera que yo pierda mi fazienda.Prospere nuestro  señor su magnífico estado.

…..  e por   los dichos señores governador  e Regidores visto dixeron que se le dan las dichas tierras de sequero e mandaronsela asentar en este libro de  Repartimientos  e que se  le dellas.E doy fee que por el titulo que el dicho Bartolome de Tovilleja presento de las dichas  tierras que le fue dado por la Yglesia firmado  del Reverendo  señor  Don  Luis de Pa   dilla provisor deste obispado  e de  Alonso de  Sanjuan  notario  paresce  que  pidio  e le fueron dadas  sesenta hanegadas de tierras de sequero en la Vega Castaña que es en la comarca  de la dicha  Villa de Agüimes que  lyndan  con  el barraqnco  de Aguatona a dar a la montaña  Bermeja que linda con  tierras de Juan de Avila e por la otra parte con tierras de los menores  de Perucho  de Fuenterrabia e tierras de la yglesia de Agüimes e por la parte de arriba tierras de las mugeres de Juan Verez e Anton de Soleto de la dicha Vega Castaña e por la parte de abaxo la caldera e otro pedaço de tierra de sequero de tress hanegas e media poco  más o menos   que es junto al molino del  yngenio de Agüimes que  a por  linderos  de  la una  parte  tierras  de  Françisco  Sanchez  que  dizen  de Aguatona e de la otra parte otras tierras del dicho Françisco Sanchez hasta dar en un  albarrada  de canarios e por la otra parte  el albarrada  del dicho çercado e el dicho barranco  de Aguatona como   más largo en el dicho titu- lo se contiene”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1542 julio 29.
SANCHO MARTÍNEZ PIDE UN SOLAR PARA HACER UNA CASA EN EL SITIO DEL INGENIO  DE LA VEGA DE AGUATONA. Las  Palmas. “…se  presento  una  petiçion  de  Sancho    Martínez  vezino  desta  dicha ysla… y les suplico me hagan merçed  de un solar para hazer una casa en el sitio del   yngenio de la vega de Aguatona   que es el dicho  solar dende   la casa de Purgar del dicho yngenio y casa de  Refinar hasta el açequia de abaxo dentro  de dos caminos que se hazen que vienen a dar a la dicha açequia el uno va al dicho yngenio y el otro por sima de las casas de purgar…
…….E por los dichos señor gobernador e regidores fue respondido que se le da el dicho sitio…”

1543 junio 2.
…SOBRE  UN CAMINO QUE VA PARA “EL  LOMO  DEL CABALLO”.
Las Palmas. 
“Muy magníficos señores,Lope Sanchez Calderón  vezino de la villa de Agüimes besa las manos de vuestras señorias e les suplico thengan por bien de me hazer merçed de un pedaço de  tierras que es en la comarca de Agüimes en que puede  aver çincuenta hanegadas de tierras que se puedan aprovechar que an por linderos por la parte de arriba el camino que va para la majada de Alvaro Afonso e por el parte de abaxo el camino que va por do dizen el Ancon que va por las salinas y el lomo del cavallo, las cuales están montuosas.” 

1543 julio 16.
BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  SOLICITA DEL CABILDO TÍTULO DE UNAS TIERRAS CERCA DEL CARRIZAL QUE LE FUERON DADAS  POR LA IGLESIA.  Las Palmas..
“…Bartolomé de Tovilleja vezino desta isla en Agüimes veso las manos de vuestras señorías e  digo que puede aver quatro  años poco más o menos que me fueron dadas en Agüimes por la yglesia treynta hanegadas de tierra para  senbrar  que  lyndan  por  la una  parte  el barranco  de  dicho  lugar  en Agüimes e de otro cabo el barranquillo  de la huerta del Carrizal e de la parte de  arriba tierras de Alonso Garçia e tierras de herederos  de Bartolome Pelos segund constara a vuestras señorías por el titulo que dello me fue dado por el por el dean e cabildo que es este de que   hago demostraçion e del tiem- po que me fue dado  a esta parte he desmontado e poseido  la dicha tierra como cosa mia e porque no estoy seguro con la data de la yglesia a cabsa del pleito que por vuestras señorias se trata con el dean e cabildo sobre los ter- minos de dicho lugar por no perder  dichas tierras e lo que en ellas  he tra- bajado  suplico  a vuestras señorias  me hagan  merçed  de darme  las dichas tierras porque  por data de vuestras señorias las posea e tenga e no por data de la yglesia y en ello reçibire merçed.

En cabildo XVI de Julio 1543 años. Que  se le dan estas tierras syn per- juizio de terçero e que no use del título de la yglesia.E por los dichos señores gobernador e Regidores vista la   dicha petiçion e titulo de que hizo demostraçion dixeron  que le davan las dichas tierras que pide e donde  las pide syn perjuizio de terçero e con las condiciones  de las tierras de sequero e con que no use del titulo  e data que dellas le fue hecho  por la yglesia e mandaronselo asentar en el libro de Repartimientos  e que se le de titulo del- las”.     (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1543 agosto 20
PETICIÓN  DE ALONSO GARCíA DE UNAS TIERRAS DE SEQUERO  ENCIMA DEL INGENIO   DE AGUIMES Y OTRO  PEDAZO POR  ENCIMA DEL CAMINO REAL QUE VA A TELDE.
Carrizal.  “En el Carrizal comarca del lugar de Agüimes que es en esta ysla de la Gran  Canaria  estando  en  viysitaçion  de  la  dicha  comarca  el  magnifico caballero  el liçençiado  Alonso de Corral gobernador e justiçia mayor desta dicha ysla por sus magestades e los señores Anton de Serpa e Zoilo Ramirez Regidores desta ysla e diputados  de la dicha vysitaçion en presençia de Pedro Ximenez  escrivano de sus magestades  e tiniente  del señor  Juan de Ariniz escrivano mayor del cabildo desta dicha ysla fue presentada  una petiçion de Alonso Garçia su tenor  de la qual es este que se sigue. Magnificos señores, Alonso Garçia vezino en Agüimes e aguazil por la justiçia Real en el dicho lugar suplico a vuestras señorias me agan merçed  de un  pedaço  de tierras montuosas  e de sequero que son en la comarca del dicho lugar ençima del yngenio de Agüimes e açequia que porçima del ba en que avra treynta hane- gadas de tierra poco más o menos que lyndan de la parte de abaxoo con el eçequia e de la vanda de arriba con un albarrada  e de la otra parte el bar- ranco de Aguatona e de la otra parte el barranquillo  del yngenio e debaxo de dicho yngenio otro pedaçuelo  que avra dos fanegas de senbradura poco más o menos  e lynda con  tierras de la bagaçaca (Bagasera ¿)  que  hera  del yngenio e por la vanda de abaxo con el camino  real que va a Telde la qual tierra  hasta  agora no  a sydo aprovechada  de  nadi  e en  darseme  Reçibire merçed, prospere nuestro  señor su magnifico ayuntamiento e graçia.

E por los dichos señores governador  e Regidores vista fue respondido que se le dan las dichas tierras syn perjuizio de terçero e con las condiçiones de las tierras de sequero e mandaron que se les de titulo dellas.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI) (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1543 noviembre 6.

SANCHO MARTÍNEZ DE CÁDIZ SOLICITA NUEVA MERCED DE UN PEDAZO DE TIERRA QUE HABÍA COMPRADO A LOS HIJOS DE RODRIGO  LARIOS EN LOS MONDRAGONES.
Las Palmas.  “…Sancho Martinez  de Cadiz beso las manos  de vuestras señorias y les suplico me hagan nueva merçed de un pedaço de tierra que yo e conprado  de los menores  hijos de Rodrigo Larios que son en la comarca de Agüimes que se dicen  los Mondragones,  que  seran  hasta  quatro  hanegadas  de tierras  en sembradura  poco más o menos, que alindan  con la una parte con tierras de Mertin  de Mireles e por  la otra  parte  de arriba  de barranco  con  tierras  de Cosme Espindola e por la otra parte de abaxo con el barranco de Guayadeque e por la parte de arriba con una albarrada que va por ençima de los Riscos del dicho barranco  e no enbargante  que yo he comprado  la dicha tierra, suplico a vuestras señorias me manden  dar titulo  della porque  tenga mejor derecho, y en ello reçibere merçed.

E por los dichos señores justicia e Regimiento vista la dicha petiçion fue respondico  que se le dan las dichas tierras que pide y donde  las pide sin per- juyzio de treçero e con las condiciones  de las tierras de sequero y mandaron- selas asentar en el libro de los repartimientos y dalle titulo dellas…”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1544 junio 1.
FRANCISCO DÍAZ SOLICITA TÍTULO DE UNAS TIERRAS DEJADAS  POR SU PADRE LINDANTES CON EL BARRANQUILLO DE “AGUA  MARFUZ”  Y CON EL CAMINO QUE VA DEL CARRIZAL A GANDO.  Las Palmas.  “Muy magnificos señores  Françisco Diaz vezino  de Agüimes beso las manos  de vuestras señorias y les suplico me hagan merçed  de unas tierras que yo tengo  e poseo que me dexo mi padre  en que puede  aver quarenta fanegas de tierra poco más o menos las quales tierras a honze  años que las tengo e siembro  paçificamente  e por que no hallo el titulo  dellas suplico a vuestras  señorias  me  lo  manden   dar  e  son  las tierras  en  el  termino   de Aguymes lynderos de la una parte el barranquillo  del Agua Marfuz e por la vanda de abaxo el camino que va del Carrizal a Gando  e de la otra parte el barranquillo  que sale de tierras de Françisco de Burgos escrivano de Telde e la vanda de arriba una montaña  y en ello vuestra señoria me aran merçed cuyo muy magnifico ayuntamiento Dios Nuestro Señor aumente  en su santo serviçio E por  los dichos  señores  governador  e Regidores vista mandaron que de ynformaçion  de cómo las a tenydo e en que cantidad  e de que tanto tiempo  a esta parte.

E despues  de lo qual en treze dias del mes de agosto e del dicho año estando ayuntados  a cabildo en las casas del el dicho señor governador e los señores  Anton  de Serpa e Pedro  Azedo e Hernando de Herrera  e Juan de Narbaez  y el liçençiado  Françisco Perez Despinosa  e Damian  de Azuaje e Garcia de Osorio e Martin de Vera Regidores desta ysla por presençia de my el dicho  Juan  de  Ariniz se torno  a presentar  la dicha  petiçion  con  çierta ynformaçion  de quatro  testigos que  paresçe  que  estovieren  en  el lugar de Agüimes por ante Bartolome de Tovilleja alcalde e paresçe que paso la dicha ynformaçion  ante Roque Diaz escrivano del dicho lugar por la qual paresçe e se averigua que el dicho Francisco Diaz tiene e posee e syenbra e aprobecha las dichas tierras de diez años o más tyempo  a esta parte e que le an visto coger pan  en ellas e poseerlas  paçificamente  como  lo declaran  los testigos presentados  por el dicho Françisco Diaz que fueron Lope Sanchez Calderon e Françisco Muñoz e Juan Alyman e Juan Fernandez  trabajador como por sus declaraçiones  paresce, e lo qual los dichos  señores  governador  e Regidores vysto dixeron  que davan e dieron  al dicho Françisco Diaz las dichas tierras que pide e donde  las pide e syn perjuizio de terçero e de los montes e dehe- sas e con las condiçiones  de las tierras de sequero  e mandaronselas  asentar en el libro de Repartimientos  e que se le de titulo dellas.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1544 julio 18.
PETICIÓN  QUE HACE MARÍA LÓPEZ AL CABILDO PARA LA OBTENCIÓN  DE   TIERRAS DE SEQUERO EN LA VEGA CASTAÑA Y PROCEDIMIENTO   PARA QUE SE  LE ADJUDIQUEN.
Las Palmas. 

“…En la noble  çibdad  de Las Palmas que es en esta ysla de la Grand Canaria en diez e ocho dias del mes de Jullio año del nasçimiento  de nue- stro     Salvador  Ihesu  Christo   de  mil  quinientos   e  quarenta   e  quatro años,estando ayuntados a cabildo en  las  casas de dicho cabildo segund que lo an de uso e de costumbre  el magnifico señor  Alonso del Corral gober- nador  desta dicha ysla por sus magestades  e los señores Anton de Serpa e Pedro Azedo e Bernaldyno de la Coba e Zoilo Ramirez Regidores e en pre- sençia de mi Juan de Ariniz escrivano mayor del cabildo desta dicha ysla se presento una petiçion de  Maria Lopez vezina de la çibdad de Telde su tenor de la qual es este que se sigue.
Magnificos señores, Mari Lopez  mujer  de Pedro  de Burgos que  Dios aya,vezina de Telde beso las manos  devuestras señorias y digo que para en quenta  de mi vezyndad y de mis hijos huerfanos  que tengo,les suplico me hagan merçed de sesenta hanegadas de tierras de sequero en la vega Castaña linde con unas tierras e colmenas y cuevas mias y de mis hijos por una parte, e por otra parte tierras e cuevas de Juan Martynez de Bilbao linde   con un barranco  que va desde el barranco  de Guayadeque  junto a los charquillos e por otra parte tierra de los alfaquies en lo cual reçivire merçed,nuestro señor sus magnificas personas a su santo serviçio acreçiente.

Ocho dias de Jullio de 1544  años.E por los dichos señores gobernador e regidores vista mandaron que se apregone en Telde dos dias de fyesta a la puerta  de  la yglesia quando  la gente  saliere de  misa mayor  e presente  el escrivano de la dicha çibdad el cual la asyente si oviere contradiçion

E despues  de lo susodicho  en el cabildo,treynta  dias del mes de Jullio e del dicho  año,estando  ayuntados  al dicho  cabildo  el dicho  señor  gober- nador  e los señores  Diego de Narbaez  e Anton de Serpa e Bernaldino  de Lezcano e Mateo de Cayrasco e Bernaldino de la Coba  e Felipe de Sobranis e Pedro  Çeron  e Zoilo Ramirez e el liçençiado  del Castillo regidores e en presencia  de  mil   el dicho  Juan  de  Ariniz se torno  a presentar  la dicha petiçion  de la dicha Marina Lopez con çiertos pregones escriptos en ella su tenor  de la qual es este que se sigue.

Mari Lopez.En  la dicha çibdad  de Telde  en domingo  veynte dias del mes de Jullio de mill e quinientos  e quarenta  e quatro años en la plaça pub- lica desa çibdad junto a la puerta de la yglesia perrochial de señor sant Juan desa çibdad quando la gente salian de misa mayor ante mi Hernan Gutierrez escribano  publico  de la dicha çibdad  fue pregonada  esta petiçion  de Maria Lopez contenida  desta otra parte e lo a ella probeydo por los señores justiçia e Regidores,la qual pregono  Juan Hernandez pregonero  publico  e no  ovo contradiçion.Testigo,el  señor  Diego  Xara alcallde e personero  desta ysla e Françisco  Rodriguez  de Villalon e Juan de Aday e Diego  de     Caçolrra  e Jeronimo Rodriguez e otros vezinos.E despues  desto en la dicha çibdad  de Telde  en dia de Santyago veynte e çinco  dias del dicho  mes de Julio del dicho año fue pregonada  por el segundo pregon por el dicho pregonero  en la dicha plaça ante las puertas de la dicha yglezia perrochialquando la gente salia de misa mayor en haz de mucha gente de vezinos e moradores  por ante mi el dicho esrivano publico  e no ovo contradiçion  e el dicho Diego   Xara alcallde personero  desta ysla e el liçençiado del Castillo e Diego Diaz e otros muchos  vezinos.

E por los dichos señores justiçia e Regidores vysto e como no ovo con- tradiçion  dixeron  que le dan treynta fanegas de   tierra de sequero  syn per- juizio de terçero e con las condiçiones  de la tierra de sequero.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1544 agosto 1.

PETICION  DE SANCHO MARTÍNEZ DE CÁDIZ PARA OBTENER TITULO DE UNAS TIERRAS DEBAJO  DE LOS MONDRAGONES QUE HABÍA COMPRADO A DUARTE CATELA.
Las Palmas. “…Magnificos  señores,Sancho  Martinez  de  Cadiz  beso  las manos  de vuestras señorias  e digo que  yo ove e conpre  de Duarte  Catela vezino  de Telde de veynte hanegadas  de tierras que son el barranco  de Agüimes a la banda  de abaxo del camino  que va desta çibdad al dicho lugar de Agüimes que  an por  linderos  en la cabeçada  de arriba  ciertos   Sauzes grandes  que estan en el dicho barranco  dende las cabeçadas de  las tierras de Juan Berriel hasta el  barrranco  que dizen de las higueras las quales dichas   tierras   son debaxo  de    çiertas tierras de particulares  que se dizen  los Mondragones  e de las otras partes lindan con los Riscos del barranco  el qual las poseyo hasta ahora que me las vendiò y me dio el titulo  que dellas tenia que es este de que hago presentaçion y por que yo quiero  hazer  benefiçios  en las dichas tierras  para las aprovechar  de parral  e de otras  heredades  e para que  con mayor seguridad yo las tenga e posea e por otros juezes eclesyasticos no  me puedan   ser  quitadas  pido  y suplico  a  vuestra  señoria  me  hagan  nueva merçed  de  las dichas  tierras  e me  manden  dar  titulo  dellas con  que  me defienda de cuales quier personas que embargarmelas  quisieren que en ello haziendo  justiçia Reçibire merçed.

E por los dichos  señores vista dixeron  que se le dan syn perjuizio  de treçero  las dichas tierras que pide e donde  las pide con las condiçiones  de las tierras de sequero e mandaronsele dar titulo dellas.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1546 julio 9.

JUAN FULLANA,  BACHILLER Y FISCAL DEL SANTO OFICIO DE LA  INQUISICIÓN,  ADMINISTRADOR DE LOS BIENES DE SU HIJO ANTÓN FULLANA,  OTORGA PODER AL BACHILLER ALONSO PEREZ Y A SUS HIJOS  PARA COBRAR LO REFERENTE A UNA HERENCIA EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA COMO  HEREDERO
DE SU MADRE MARIA LOPEZ QUIXADA.
Las Palmas.
“Sepan cuantos  esta carta vieren como  yo el Bachiller Juan Fullana, fiscal del Santo Oficio de la Inquisición  de estas islas de Gran Canaria, por mí y como padre legítimo administrador que soy de la persona y bienes de Antón Fullana, mi hijo e hijo de María Cárdenes, mi primera mujer, difun- ta, que gloria haya, e asimismo hijo y heredero  que yo soy de María López Quixada, mi madre, difunta, que gloria haya, vecina que fue de la ciudad de Córdoba, otorgo e conozco  que doy e otorgo todo mi poder cumplido, libre, llenero e bastante según que lo yo he e tengo, e de derecho más debe valer, al señor  Bachiller Alonso Pérez, vecino  de  la ciudad  de  Córdoba, ausente  como  si fuese presente,  e al dicho  Antón  Fullana,  mi  hijo, e a cualquier  de ellos, por sí insolidum,  especialmente  para que por mí e en mi  nombre   e  como  administrador  susodicho  pueda  pedir  e  demandar, recibir,  haber  e cobrar,  así en  juicio  como  fuera  de  él, de  todas  e cua- lesquier personas que sean e con derecho deba, así vecinos de la dicha ciu- dad  de  Córdoba  como  de  otras  cualesquier  partes,  todos  e cualesquier bienes  raíces e muebles,  e semovientes,  e dinero  o  planta,  e pan,  trigo, cebada e centeno, e otras cualesquier cosas que me sean debidas por razón de la dicha herencia  e a mí pertenezcan,  así como  administrador susodi- cho como a heredero  de la dicha mi madre, la herencia  de la cual acepto con beneficio e cautela de inventario  [...] fecha la carta en la noble  ciudad real de Las Palmas, que es en la isla de la Gran Canaria, nueve días del mes de julio, año del nacimiento  de Nuestro  Señor Salvador Jesucristo de mil e quinientos  e cuarenta  e seis años, testigos que fueron presentes  a lo que dicho  es  Diego  de  Aguilar, Lucas  de  Flandes,  alguacil  de  esta  isla, y Bartolomé Pérez, vecino de esta isla, y firmado de su nombre  en el registro de esta carta // El Bachiller Fullana.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1546 julio 11.
BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  COMPRA DOS   SUERTES DE TIERRA CON AGUA.  Agüimes.
 “Alonso Espino y María Miraval, su mujer, vecinos de Agüimes venden a Bartolomé de Tovilleja dos suertes de tierra en la  vega  de…(Aguatona¿) con ciertas horas de agua de la acequia  de Agüimes; lindan  con tierras de Juan Valdés de Valdivieso y con otras de los otorgantes y con el camino que va a Tirajana”

1547 febrero 24.

ACUERDO PARA PLANTAR CAÑAS EN LA VEGA DE AGUATONA DONDE  DICEN LOS ALGODONES,  LA CUARTA Y EL AZEBUCHE, LINDANTES CON EL CAMINO QUE VA DE TELDE  A AGÜIMES, CON LA ACEQUIA REAL Y CON EL PASTEL.
Telde.  “[roto] esta carta vieren como yo [roto] de la una parte y Francisco [roto] de la otra parte, vecinos que somos [roto] ciudad de Telde que es en la isla de [roto] Canaria, otorgamos y conocemos por esta presente carta que somos concertados convenidos igua[roto] en esta manera de po[roto, poner?] plantar en el heredamiento de Agüimes donde  dicen  la Vega de Aguatona dos suertes de cañas de azúcar poco más o menos   en tierras de mi el dicho Juan Dávila que dicen la [roto] de los algodones y la otra la llaman la cuarta y el azebuche  que es todo en un barranco que linda de la una parte el camino que va de esta ciu- dad de Telde a la villa de Agüimes y por la otra parte de arriba la acequia real y con el pastel la cual compañía hacemos por todo el tiempo que las dichas tier- ras dieren fruto de la presente plantada en las dichas tierras en este presente año en que estamos de mil y quinientos  y cuarenta y siete años en adelante, que se entiende  hoja, soca y resoca que si Francisco López quisiera [roto] de los dichos esquilmos y de la dicha plantada que se rige de por medio pagando los costos de por medio   tanto  el uno como el otro e somos de haber  y partir herman- ablemente  tanto el uno como el otro los frutos que dichos diere de los dichos cañaverales y es condición que por razón de esta compañía yo el dicho Francisco López sea obligado y me obligo de poner e meter todos los costos de planta e los otros más costos para estar plantadas las dichas tierras e vos el dicho Juan de Avila habeis de ser obligado y os obligais de me [roto] la mitad de todos los cos- tos que se hicieren así de la dicha planta como de lo demás en el primer peso [roto] primera molienda   en la casa de purgar del ingenio adonde  se moliere e que si las de[roto]  no se hubieren  de moler y se hubieren  de plantar que de la parte que perteneciere a vos el dicho Juan de Avila saque yo el dicho Francisco López la mitad de los costos y la mitad de la planta que [roto] a vos el dicho Juan de Avila y yo el dicho Francisco López he de pagar y me obligo de pagar la mitad de lo que [roto] de la tierra y agua por lo mismo a la molienda primera; y que si no diere ningún fruto la dicha tierra presente plantada que yo el dicho Juan de Avila pague a vos el dicho Francisco López y me obligo de pagar la mitad de todos los costos y mitad de planta a vos el dicho Francisco López e que si hubiere menester más agua [roto] que las dichas tierras al presente tienen y para ellas tenemos que yo el dicho Juan de Avila sea obligado a la poner hasta seis suertes e yo el dicho Francisco López os pague la mitad de la renta al tiem- po de la dicha molienda; e otrosí nos obligamos de cercar las dichas dos suertes de albarrada [sic] de por medio e que si vos el dicho Juan de Avila lo hiciéredes yo el dicho Francisco López me obligo de pagar  luego de por medio la mitad de los costos e que si más costes se hicieren y se hubieren  de hacer en la dicha compañía han de ser de por medio y lo pague el uno al otro y el otro al otroe seamos creídos entre nosotros por nuestro juramento de esta manera según y en la manera que dicho es nos obligamos y prometemos  de tener por rata y grata estable y validera esta dicha escritura de compañía e de no nos salir fuera de ella [roto] so pena de doscientas doblas de oro que en una [roto] e hacemos[roto] fecha la carta en la ciudad de Telde en la isla de la gran canaria a veinticuatro días del mes de febrero año del nacimiento de nuestro salvador Jesucristo de mil y quinientos  y cuarenta  y siete años, testigos que fueron presente  para lo que dicho es Pedro de Roçana y Francisco de Ortega y Luis del Dedo, vecinos y estantes en esta dicha ciudad y los dichos otorgantes lo firmaron de sus nom- bres en el registro de esta carta // Francisco López // Juan de Avila.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1547 marzo 3.
PODER QUE MARÍA ARÍSTEGUI  OTORGA A ALONSO DE MATOS Y FRANCISCO DE HERRERA. “Poder  especial que María Aristegui,vecina,mujer de Juan de Avila,presente ,otorga a Alonso de Matos y  a Francisco de Herrera,procuradores de causas, vecino, ausentes, para que puedan  demandar  y cobrar los bienes que le pertenecen por muerte  de sus padres   Martín Vaniz de Aristegui y Juana de Liria.”

1547 noviembre 14.
JUAN DE ÁVILA SOLICITA AL CABILDO UNA NUEVA DATA DE UNAS TIERRAS EN LA VEGA CASTAÑA QUE LE HABÍAN SIDO DADAS POR EL DEÁN DE LA IGLESIA DE CANARIA.
Las Palmas.  “….magnificos señores,Juan de Avila vezino desta  ysla en Agüimes beso las manos de vª sª e digo que…años poco más o menos que por data e titu- lo de merçed  que me fue fecho por el dean e (cabildo) desta catredal   ygle- sia de Canaria yo tengo e poseo en la dicha comarca de Agüimes cantidad de çient fanegadas de tierras poco más o menos  que son a do dizen  la  la Vega Castaña  e  lindan  con  el  barranquillo   que  viene  de  la  dicha  Vega Castana al yngenio e por la otra parte de abaxo el camino  de los cana… de la  Vega e por la otra parte el barranco  que desçiende  de la  Vega Castaña a una  montaña  bermeja  y el barranquillo  arriba  a una  montaña  alta de car- dones  e salbias e a dar a un   barranquillo  que va a dar al yngenio e para poner  las dichas tierras en cultura  y labor   e desmontarlas  tengo  gastados muchos  dineros e soy informado  que la verdadera data de las dichas tierras es aprobeer  a vuestras señorias como  lo tienen  por costunbre  hazer  e por que yo no pierda lo que tengo trabajado e gastado e para que con buen  tit- ulo posea las dichas tierras suplico a vuestras señorias me hagan nueva data e merçed dellas por que en ello haziendo  justiçia yo Resçibire merçed e para que a vuestras señorias conste como me fueron dadas  las dichas tierras por la yglesia presento  este titulo que por su parte me fue dado e pido como de suso.
E por los dichos señores   governador  e Regidores vista  e el titulo  de que en esta petyçion se haze minçion  dixeron que davan e dieron  al dicho Juan de Avila las dichas tierras que pide siyn perjuizio  de terçero  e con las condiçiones  con que se dan las tierras de sequero  e con que las aproveche dentro  de año e dia   conforme  a las hordenanças  desta ysla e mandaronle dar titulo dellas.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1548 mayo 11.

PETICIÓN  DE ANTÓN PÉREZ Y DIEGO  VILARES DE UNAS TIERRAS EN GUAYADEQUE DESDE  LA MADRE DEL AGUA HASTA DONDE  SE SEPARAN LAS ACEQUIAS QUE VAN A AGUIMES Y “AL YNGENIO”.  Las Palmas.  “En la noble  çibdad  de  Las Palmas que  es en  esta ysla de  la Grand Canaria  en  honze   dias  del  mes  de  Mayo  del  nasçimiento   de  Nuestro Salvador Ihesu Christo en mill e quinientos  e quarenta  e ocho años, estando ayuntados  a cabildo en las casas del cabildo como lo an de uso e costunbre es a saber el magnifico señor liçençiado Juan de Miranda gobernador desta dicha ysla por sus magestades e los señores Anton de Serpa e Zoilo Ramirez e Alonso de Leon e Fernando  de Herrera Regidores della e en presençia de my Pedro  Ximenez  escrivano  de  sus magestades  e teniente  de  escrivano mayor del cabildo  desta dicha  ysla fue presentada  una  petiçion  de Anton Perez y Diego Villares vezinos desta ysla su thenor  de la qual es este que se sigue.

Megnificos señores, Anton Perez y Diego Villares vezinos desta çibdad besamos  las  manos  de  vuestra  señoria  y les  suplicamos  que  nos  hagan merçed  de un  pedaço  de tierras que estan en el barranco  de Guayadeque dende  la madre del agua a donde  se toman  las açequias que van al yngenio y al lugar de Agüimes para arriba hasta los nasçimientos  del agua a donde pueden  aver dozientas  hanegadas  de tierras montuosas  e de sequero  e van por la una parte por la otra del agua del barranco  a lo qual queremos  para nuestras   sustentaçiones      e  mugeres   e  hijos.  E  para   las  desmontar   e azprobechar  con unas cuevas e majadas e higuera  salvaje que estan dentro de las dichas tierras en lo qual vuestras señorias haran  serviçio a Dios e a nosotros  merçedes.  A los magnificos  e noble  estado  de  vuestras  Señorias Nuestro  Señor  Dios  conserve  a  su  santo  serviçio. Anton  Perez  e  Diego Villares.

E por los dichos  señores governador  e Regidores vista mandaron que se apregone  en la çibdad  de Telde dos dias de fyesta y en Agüimes un dia de fiesta a las puertas de las yglesias quando  la gente salyiere de misa mayor y el escrivano asyente sy oviere contradiçion.  E despues  desto  en veynte e tress dias del mes de noviembre  e del dicho año estando a cabildo el dicho señor  governador  e  los  señores  Anton  de  Serpa  e  Pedro  Çeron  e  Zoilo Ramirez e Alonso de Leon e Hernando  de Herrera Regidores della por pre- sençia de my el dicho escrivano se torno  a presentar  la dicha petiçion  con çiertos abtos  e pregones  escriptos en ella por los quales en efecto paresçe que en la çibdad de Telde domingo  diez e siete dias del mes de Junio deste dicho año en la plaça mayor junto a la puerta de la yglesia de señor san Juan fue apregonada  la dicha petiçion  quamdo  la gente salia de misa mayor por ante Hernan  Gutierrez  escrivano publico  e por Juan Fernandez  pregonero ante  muchas  personas, E paresçio Diego Gutierrez  Rico e dixo que  como heredero  de Marcos de Avila a quien diz que fueron dadas las dichas tierras las contradize  por que el dicho Marcos de Avila las avia poseydo en su vida. E despues el dicho Diego Rico y el acallde Diego Xara e otros vezinos contradixeron  las dichas tierras por que dixeron ser pastos de las boyadas para los vezinos. Y en domingo  veynte e quatro  dias de junio e de el dicho año en la dicha çibdad   de Telde se torno  a apregonar  por segunda vez e otrosy paresçe que en la villa de Agüimes en domingo  honze  dias de noviembre  e año dicho a la puerta  de la yglesia de señor san Sebastian salyendo de mysa la gente  del dicho  lugar por  Roque Diaz escrivano publico  de la villa fue leyda la dicha petiçion  e paresçio Juan de Avila alcalde e otros vezinos del dicho  pueblo  e contradixeron la dicha petiçion  diziendo  ser pastos de los ganados  e majadas e que  las higueras  son  comunes  como  por  los dichos abtos más largamente paresçia.

E por  los dichos  señores  gobernador e Regidores  visto dixeron  que davan e dieron a los dichos Anton Perez curtidor  e Diego Villares las dichas tierras que piden e do las piden syn perjuizio de terçero e con la condiçiones de las tierras de sequero e con que no corran los ganados e las quevas con- forme a las hordenanças  de la ysla. E mandaronselas  asentar en el libro de Repartimientos  e que  se le de  titulo  dellas, Pedro  Ximenez  teniente  del escrivano mayor del cabildo.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1548 septiembre 7.
PETICIÓN  DE BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  Y LOPE SÁNCHEZ DE   UN PEDAZO   DE TIERRA ENCIMA DEL   “YNGENIO  DE AGUIMES”.  Las Palmas.
 
 “…Magnificos señores,Bartholome  de Tovilleja e Lope Sanchez  vezi- nos desta ysla en Agüimes besamos las manos de vuestras señorias y sub- plicamos nos hagan merçed  de nos dar un pedaço de  tierra que es en la comarca  de Agüimes en que  podra  aver çient  fanegadas de tierras.Estan ençima   del   yngenio   de     Agüimes        e  lindan   con   el  barranco   de Guayadeque  e por la otra parte el barranquillo  que sube del  yngenio a la sierra hasta ajuntar  con el dicho  barranco  de Guayadeque  e por la parte de abaxo el açequia   Real e fasta agora no se an senbrado  ny dado a per- sona alguna e estan montuosas    de salviales e tabaybales y en ello Resçibiremos merçed.
E  por   los  dichos   señores   visto  mandaron  que   se  apregone   en Agüimes un  dia de fiesta por  el cura   de la dicha  villa en la yglesia a la misa mayor e asyente como la publico  e sy ay contradiçion.

E  despues     de  lo  qual  en  seys dias  del  mes  de  Agosto  año  del nasçimiento  de  Nuestro  Salvador  Ihesu  Christo  de  mill  e quinientos   e quarenta  e nueve años estando ayuntados  a cabildo en las casas del como lo an  de  costunbre  el muy  magnifico  señor  don  Rodrigo  Manrique  de Acuña  gobernador  desta  dicha  ysla por  sus  magestades  e  los  señores Anton de Serpa e Juan de Çiberio   e Pedro Azedo e Zoilo Ramirez   e el liçençiado   Betancor   personero   en   presençia   de   my  el  dicho   Pedro Ximenez  se torno  a presentar   la dicha petiçion  de los dichos Bartolome de Tovilleja e Lope Sanchez con un abto escripto su tenor  de la  qual es este que se sigue. En la villa de Agüimes que es en esta ysla de la Grand Canaria  en    domingo  veynte  e  un  dias  del  mes  de  otubre   de  mill  e quinientos  e quarenta  e ocho años por ante Roque Diaz escrivano publi- co  de  la  dicha  villa fue  leyda  e  publicada   publicamente  esta  petiçion ynfraescripta  a  las  puertas  del  señor    sant  Sebastian  de  la  dicha  villa quando  salian de misamayor estando  presente  todo  el pueblo  o la mayor parte del.Testigos que fueron presentes  Juan Aleman e Bartolome Pelos e Rodrigo de Cubas sacristan vezinos desta dicha villa.
E por  los dichos  señores  governador  e Regidores visto e como  no avia contradiçion  dixeron  que davan e dieron  a los dichos Bartolome  de Tovilleja e Lope Sanchez  las dichas tierras que piden  y donde  las piden syn perjuizio  de terçero  e con las condiçiones  de las tierras de sequero  e mandaron  les sea dado titulo  dellas.” 
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1548 septiembre 17.
PETICIÓN  DE MARTÍN DE MIRELES DE UN PEDAZO DE TIERRA  EN EL BARRANCO DEL DRAGUILLO POR  DEBAJO  DE LA VEGA CASTAÑA.

Las Palmas. “…Magnificos señores,Martin de Mireles vezino desta ysla besa las manos de vuestra señoria e le suplica me hagan merçed  de me dar un pedaço de tier- ras de sequero  que es en el barranco  que dizen  del draguillo  en que puede aver  ocho   fanegas  de  sembradura   poco  más  o  menos   montuosas   para aprobechar  y sembrar que an por linderos por la frontera de arriba tierras de la  Vega Castaña de los herederos  de Perucho   de Fuenterrabia y por la parte de abaxo el barranco   del   draguillo en lo qual vuestra señoria mandarmelas dar haran  serviçio a Dios e a mi merçed  cuyo magnifico ayuntamiento nue- stro señor aumente  en su santo serviçio.

E por los dichos señores governador  e Regidores vista la dicha petiçion dixeron  que le davan e dieron  las dichas tierras que pide e donde  las pide debaxo de los linderos en su petiçion contenidos sin perjuizio de terçero e con las condiçiones  de las tierras de sequero que es que las aprobeche  dentro  de un año e dia e mandaronselas  asentar  en este libro de los Repartimientos e darle titulo  dellas.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1548 septiembre 17.

PETICIÓN  DE MARTÍN DE MIRELES DE UN PEDAZO DE TIER- RAS JUNTO  AL BARRANCO DE AGUIMES.
Las Palmas.  “…Magnificos  señores  Martin  de  Mireles  vezino    desta  ysla besolas manos   de vuestras señorias e les subplico  me hagan merçed  de me dar un pedaço  de tierras que es junto  al barranco  de Agüimes en que puede  aver siete fanegas de tierra de sembradura  poco más o menos montuosas  para las sembrar y las aprobechar   que an por linderos por la cabeçada de arriba tier- ras de Françisco Sayago e tierras de los herederos  de Martin  Aleman y de Bartolome de Tovilleja y de la otra la orilla del dicho barranco  e por la parte de abaxo el camino  que va dentro  de los dichos linderos  que estan dentro de las dichas tierras para me servir de las dichas tierras en lo qual vuestra señoria  hara  serviçio   a Dios e a mi merçed  cuyomagnifico  ayuntamiento nuestro   señor aumente  en su santo serviçio. E por los dichos señores gov- ernador  e Regidores vista la dicha petiçion  fue respondido que le davan e dieron las dichas tierras que pide e donde  las pide debaxo de los dichos lin- deros sin perjuizio de terçero e con las condiçiones  de las tierras de sequero que son que las aprobeche  dentro  de un año e dia e mandaronlas asentar en este libro  de Repartimientos  e darle titulo dellas.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1548 septiembre 17.
PETICIÓN  DE MARTÍN DE MIRELES DE UNAS TIERRAS QUE POSEÍA HACÍA MUCHO TIEMPO EN LOS MONDRAGONES  Y NO ENCONTRABA EL TÍTULO.
Las Palmas. “…Magnificos señores,Martin de Mireles vezino desta ysla besa las manos de vuestras señorias e les suplico me hagan merçed de un pedaço de tierras de sequero que es junto al barranco  de Agüimes do dizen los Mondragones en que puede aver una suerte de tierra poco más o menos que a por linderos por la parte de abaxo el dicho barranco  del  Agua de la dicha villa e por la parte  de arriba  tierras que fueron  de Juan Martinez  de Bilvao y por el un lado  tierras  que  dizen  de    Fernando  Rosado  y otro  lado  tierras  de  los herederos  de  Rodrigo  Larios la   qual  dicha  tierra  yo el dicho  Martin  de Mireles tengo e poseo   mucho  tiempo   a e por que al presente  no hallo el titulo  de la dicha  tierra  subplico  a vuestra señoria  nuevamente  me hagan merçed  de ella para thenerlas  e pñoseerla  como cosa mia en los cual vues- tra señoria hara serviçio a Dios e a mis señaladas merçedes,cuyo magnifico ayuntamiento nuestro  señor aumente  en su santo serviçio..
E por los dichos señores governador e  Regidores vista la dicha petición fue respondido que le davan e dieron las dichas tierras que pide e donde  las pide so los linderos  en ella conthenidos sin perjuizio  de terçero  y con las condiçiones  de las tierras de seq uero e mandaronselas  asentar en este Libro de Repartimientos  e darle titulo dellas.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1548 octubre 24.

BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  Y JUAN DE ÁVILA SOLICITAN TIERRAS EN LA VEGA CASTAÑA.
“…nos hagan  merced  de un  pedaço  de tierras de sequero  que son en Agüimes   en  que  podra  aver sesenta  hanegadas  de  tierras  que  son  en  la Vega Castaña   y lindan  de  la una  parte  con  tierras  que  fueron  de  Pedro Mendez  e con tierras que fueron de Perucho  de Fuenterrabia y aguas  ver- tientes  hasta el  barranco  de Aguatona e por arriba  con tierras que fueron de Juan Berriel y lindan  con una veredilla que atraviesa y va a dar a tierras de Nuestra  Señora y en darsenos  reçibiremos  merçed  que por son sin per- juizio de ninguna  persona.E por los dichos señores governador  e regidores vista la dicha  petiçion  fue   Respondido  que  davan  y dieron  a los dichos Bartolome  de Tovilleja y Juan de Avila las dichas tierras que piden  y so los linderos  en  su  petiçion  conthenidos syn  perjuizio  de  terçero  e  con  las condiçiones  de las tierras de sequero e mandaroselas asentar en este libro de los Repartimientos  y darles titulo dellas.”
(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1549 enero 14.

PETICIÓN  DE FRANCISCO DE SAYAGO DE UNAS TIERRAS JUNTO  A GUAYADEQUE.  Las Palmas.  “…Magnificos  señores,  Françisco  Sayago vezino  desta  ysla besa  las
manos  de vuestras señorias y les suplica le hagan  merced  de un  pedazo de tierras que son en Agüimes que serán hasta veynte hanegadas de tier- ras que  an  por  linderos  de  la una  parte  tierras  que  fueron  de  Martyn Aleman e de la otra parte el barranco  de dizen de Guayadeque  e la gner- al e de la parte de arriba tierras de la yglesia de Agüimes e tierras de Juan Velez de Valdivieso e tierras  del Ospital  de esta çibdad  e por  abaxo el camino Real que va desta çibdad al lugar de Agüimes que no estan ny an sido aprobechadas  ningunas  dellas salvo un pedaçillo de hasta una fane- ga que a ynfinitos tiempos  que se aprobecho  y esta syn dueño, en lo cual me haran  merced.
…E por los dichos señores gobernador e Regidores visto dixeron que davan  e dieron  al dicho  Sayago las tierras  que  pide… y mandaronselas asentar en este libro de Repartimientos  e que se le de titulo dellas.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1549 mayo 6.

PETICIÓN  DE BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA   DE UN PEDAZO DE TIERRAS  EN EL BARRANCO DE AGUATONA.
Las Palmas.

“…Magnicos  señores   Bartolome   de   Tovilleja  vezino   desta   ysla  en Agüimes besa las manos de vuestras señorias y les subplica me hagan merçed de un pedaço   de tierras que son en la dicha comarca de Agüimes en el bar- ranco de Aguatona al nasçimiento  del agua que dizen del derriscadero  e una caldereta que esta debaxo del derriscadero en que podra  aver dos dos cahizes de tierras poco más o menos hasta el barranco  abaxo e es tierrra montuosa de  tabaybas y salbias e ençençios que es monte  sin probecho  e tierra que de nadie  a seydo aprobechada fasta agora  y en darseme yo rreçibire mui grand merçed.E  por  los  dichos    señores  governador  e  Regidores  vista la  dicha petiçion  dixeron que le davan e dieron  las dichas tierras que pide e debaxo de los linderos en ella contenidos contenidos sin perjuizio  de terçero  e con las condiçiones  de las tierras de sequero e mandaronselas  asentar en el libro de Repartimientos  e que se le de titulo dellas.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1549 septiembre 23.
PETICIÓN  DE LOPE SÁNCHEZ CALDERÓN DE UN PEDAZO DE TIERRAS JUNTO  AL BARRANCO DE GUAYADEQUE ,LINDANTES CON LA SUERTE DEL ALBERCÓN. “…Magnificos señores Lope  Sanchez Calderon vezino de Agüimes beso las manos de vuestras señorias e pido me hagan merçed  de mandar  dar un pedaço de tierras que   es  junto  al barranco  de Guayadeque  montuosa  que a por linderos un pedaço de tierras que fue de Miravala que se llama el bar- ranquillo  de los Savzes y del otro cabo el  esguinçe tierra de Bartolome  de Tovilleja e con  la suerte  del Albercon  en que  puede  aver medio  cahiz en sembradura  poco más o menos …
  E por los dichos señores governador  e Regidores visto dixeron que davan e dieron  al dicho Lope Sanchez Calderon  las dichas tierras que pide e donde  las pide syn perjuizio de terçero e con las condiçiones  de las tierras de sequero e mandaronselas  asentar en el libro de Repartimientos  e que se le de titulo dellas.”

1549 noviembre 13.

PETICIÓN  DE   XIMÓN CAMELLO DE UNA CUEVA Y UNOS PEDAZOS DE TIERRA EN GUAYADEQUE LINDANTE CON EL BARRANCO DE LA SIERRA,  PARA HACER UN PARRAL.
Las Palmas.
“…Muy  magnificos  señores  Ximon  Camello  vezino  de  la çibdad  de Telde besa las manos de vuestras  señorias e le subplica le hagan merçed de me mandar  dar un pedaço de tierra que es en el termino  de Agüimes den- tro  del barranco  de Guayadeque  en que  puede  aver veynte hanegas  poco más o menos que esta en pedaçuelos dentro  en el dicho barranco  que alin- dan con çierto colmenar de Juan Grande vezino de Telde  e por la vanda de arriba  el barranquillo  que dizen  de la Sierra e ansimismo  podo  me hagan merçed en el mismo titulo de las dichas tierras de mandarme  dar una cueva que esta a un lado de las dichas tierras dentro  dellas las quales dichas tier- ras  quiero para en ellas  con el ayuda de Dios hazer un parral o lo que fuere mi  volunta  y en  ello rreçibire  merçed,cuyo  mui  magnifico  ayuntamiento Nuestro Señor guarde y prospere por largos tiempos.E por los dichos  señoes vista la dicha petiçion fue rrespondido que le  daban e dieron las dichas tier- ras que pide y donde  las pide sin perjuizio de terçero e con las condiçiones delas tierras de sequero y mandaronselas  asentar en este libro de Repartimientos  e darle titulo dellas.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1550 abril 28.
PETICIÓN  DE BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  Y JUAN GRANDE DE TIERRAS  DE SEQUERO EN EL “LOMO  DE LOS CAVALLOS”. Las  Palmas. “…Muy magnificos señores Bartolome de Tovilleja e Juan Grande  vezi- nos de la villa de Agüimes besamos las manos de vuestras señorias e les sub- plicamos nos hagan merçed de nos dar en vezindad dozientas  hanegadas de tierras de sequero que son a do dizen el lomo de los Cavallos que comarca de Agüimes que an por linderos por la parte de arriba la cueva que se dize del vejete  e por el lado un barranco  que va dende las  cuevas de Coruna ver un barranco  abaxo que va por las cuevas de Maryn Vanez y por el otro lado el barranco  de Guayadeque  e por la parte de abaxo una majada que dizen de Alonso de Avila las quales dichas tierras son montuosas  e por çercar y sin- perjuizio  de  terçero  alguno  por  tanto  pedimos  e subplicamos  a vuestras señorias las mande dar e asentar en el libro de Repartimientos  de tierras de los vezinos desta   ysla y en lo asi probeer  e mandar  vuestras señorias nos haran merçed cuya vida y magnifico estado Nuestro Señor acresçiente en su santo serviçio.

E por los dichos señores governador e Regidores vista la dicha petiçion dixeron queles davan  y dieron las dichas tierras que piden e donde las piden sin perjuizio  de terçero  e con  las condiçiones  de las tierras  de sequero  e mandaronselas  asentar  en este libro  de Repartimientos  e darles titulo  del las.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1551 marzo 9.

PETICIÓN  DE SANCHO MARTÍNEZ DE CÁDIZ DE UNAS TIERRAS EN LOS MONDRAGONES.  Las Palmas.  .
“Muy magnificos señores, Sancho Martinez de Cadiz beso las manos de vuestra señoria y le suplico me hagan merçed  de un pedaço de tierras que son malpayses y peñascos o alguna parte  dellas que son en la comarca  de Aguimez dende  dizen  los Monragones  que  seran  hasta  quatro  suertes  de tierra poco más o menos  que alindan  por la parte de arriba con los Riscos del Barranco de Guayadeque y por la parte del dicho barranco  por el arroyo por donde  corre el agua del dicho barranco  y por la parte de abaxo con un sercado de tierras de mi el dicho Sancho Martinez  y asimismo alindan  por lo alto  de  la ladera  con  una  alberrada  antigua  que  va por  ençima  de  las dichas tierras y asimismo le suplica me haga merçed de dos cuevas que estan dentro  destasdichas tierras y me mande  dar titulo dellas.

…E por los dichos señores gobernador e Regidores visto dixeron que se le dan  si perjuizio  de  terçero  e del  titulo  de  Martin  de  Mireles al dicho Sancho  Martinez  de  Cadiz  las tierras  que  pide  e donde  las pide  con  las condiçiones  de las tierras de sequero  e mandaronsela asentar  en este libro de Repartimiento  e que se le de titulo dellas.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1551 agosto 14.
MARTÍN DE MIRELES PIDE UN PEDAZO DE TIERRA  ENTRE EL BARRANCO DEL AGUA DE AGÜIMES Y EL BARRANQUILLO QUE VIENE DEL YNGENIO DE AGÜIMES.
Las Palmas.  “…Muy magnificos señores,Martin  de Mireles vezino desta ysla beso las manos de vuestra señoria y les suplico me hagan merçed de me dar un pedaço de tierras de sequero  que es en   el barranco  de Agüimes en que puede  aver ocho o nueve anegas de senbradura poco más o menos que a por linderos de la banda  de arriba  tierras  que  fueron  de Juan Martinez  de Bilvau y por  la banda  de abaxo el barranco  del agua de Agüimes y por un lado un barran- quillo que viene del yngenio de Agüimes y por el otro  lado tierras de mi el dicho  Martin  de Mireles las quales estan montuosas  y si aprovechar  y yo el dicho  Martin  de Mireles las quiero  para labrar   y edificar y en ello vuestra señoria  hara  servisio a Dios  y a mi  merçedes  quyo  muy  magnifico  ayun- tamiento  nuestro  señor aumente  en su santo servisio amen.

E por los señores gobernador e Regidores vista dixeron  que le dan sin perjuizio  de terçero  al dicho Martyn de Mireles las dichas tierras que pide e donde  las pide e con las condiçiones  de las tierras de sequero e mandaronselas  asentar en este libro de Repartimientos  e que se  le de tytulo dellas.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1551 diciembre 31.

CONTRATO  DE MEDIANÍAS ENTRE EL BACHILLER JUAN FULLANA Y JUAN MARTÍN,  DE UN PARRAL.
 “Partida de medias  que  el bachiller  Juan de Fullana, vecino, da a Juan Martín  Castellano, vecino de un  parral que tiene  y posee en la comarca  de Agüimes, junto al ingenio, el cual le da por seis años esquilmos alzados, cogi- dos y llevados que comenzaron en el mes de Septiembre pasado. Le da el par- ral a partido con las siguientes condiciones:

1.- El bachiller se obliga a poner de su parte un peón que le ayude en el tiempo de las vendimias de los seis años y además le dará los cascos de botas que  fueren  necesarios  para  recoger  el esquilmo  que  procediere  del  parral; Martín ha de ser obligado a pagar de su parte la mitad de todo lo que costare el adobio de los cascos de botas.
2.-  Se obliga el bachiller a darle el lagar en que haga el vino, adobado, con todos los aparejos que fueren menester, así de empleitores  como sogas y lo demás necesario, a sus cosas; además le dará todo el yeso que fuere nece- sario… vinos… puesto en el ingenio de Agüimes; al tiempo  de la poda le dará y pagará la mitad  de todo  lo que costare; le dará a sí mismo una bodega en que recoja y tenga los vinos, y una bestia con su aparejo y serón para acarrear la uva. En el primer año de este partido le dará un hombre  para que le ayude dos meses en el parral, cada y cuando Martín lo pidiere; para el mantenimiento y comidas de este hombre,  en cada uno de los dos meses le dará una hanega de cebada y una de trigo; por el día de San Martín que venga de este año le dará sus botas de vino para que se las pague en dinero o en vino por el día de San Martín de 1552 al precio que valiere el vino en esta fecha. También le dará una suerte y una hora de agua para que riegue el parral por sus dulas.

3.- Todo esto porque  Martín ha de ser obligado a cavar, podar el parral en todo tiempo a vista de podadores, a lo magrunar en los lugares que faltaren cepas y fuere necesaria, alzar las parras y armar a los ratones, poner horquetas y hacer lo demás que fuere necesario, haciéndolo  todo a tiempo; tener el par- ral cerrado y bardado  de cerca defendible, todo lo cual ha de hacer a su costa, y si así no lo hiciera que el bachiller pueda entrar y quitarle el parral.

4.- Martín ha de tener a su cargo todos los árboles que están plantados en el parral, aderezados y plantar más; hecho esto todo el fruto y esquilmo que Dios quiere  del parral lo han de partir  de por medio, llevando tanto  el uno como el otro.

Se obligan  a cumplir  este partido  so pena  de veinte mil maravedises.”

(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1551 diciembre 31.

ARRENDAMIENTO DE AGUA EN EL HEREDAMIENTO  DE AGUATONA.Las  Palmas.  “Arrendamiento que  Francisco   de  Sayago,vecino, da a Juan Babtista Moreto,vecino, de tres días con sus noches de agua, que es una suerte  que tiene por sus dulas en el heredamiento de Aguatona, en Agüimes, por un año que comienza  el 15 de este mes,por 12   ? doblas, las cuales ha de pagar a fines de Abril,primero la mitad, y el resto a fin de año en que se  cumple el arrendamiento. Se obliga bajo pena de  veinte mil maravedíes. Hipoteca  los tres días con sus noches de agua.”

1552 julio 3.

RECONOCIMIENTO DE DEUDA DE ALONSO DE MATOS.
 “Reconocimiento de deuda que Alonso de Matos, vecino de Telde, hace a Hernán  González, albañil, vecino, de diez doblas porque  las sale a pagar por Elvira Ortiz, mujer de Pedro Sánchez, a quien se las debía de una manda que le hizo  en dote  y casamiento,  y González  se las ha dado  y pagado en una  manda  que  le hizo  de  cien  doblas,  pagaderas  por  el mes  de  Agosto primero.”

1552 julio 3.

PODER ESPECIAL  PARA PODER COBRAR A ALONSO DE MATOS Y OTROS CIERTAS CANTIDADES.  “Poder especial que Heria Ortiz, vecina, con licencia de Pedro Sánchez, su marido da a Hernán  González, albañil, vecino, para que cobre de Alonso Hernández,  labrador, vecino, diez doblas de oro; de Alonso Vélez, mercad- er, cinco; de Alonso Piasco, cinco; de Alonso de Matos y de Juan Mayor, veinte doblas  que le mandaron en dote  y casamiento  de las cuales diez le mandaron   Margarida  Mayor  y Lucía  Mayor, hermanas   de  Juan  Mayor. Cobradas las haya para si como cosa propia por cuanto  él se las dio en dote y casamiento.” 

1552 julio 3.

BARTOLOMÉ    DE TOVILLEJA  PIDE   NUEVO TÍTULO DE UNAS TIERRAS QUE POSEÍA EN UNOS LLANOS POR ENCIMA DE GANDO  Y POR DEBAJO   DEL CAMINO REAL QUE VA  DE AGÜIMES A TELDE

“…Mui magnificos señores Bartolome  de Tovilleja vezino desta ysla en Agüimes besa laas manos  de vuestras señorias e digo que  puede  aver tres años poco más o menos  que su señoria me hizo merçed  de un pedaço  de tierra que es en la comarca de Agüimes en unos llanos ençima de Gando  y debaxo  del camino  Real que va de Agüimes a Telde  hasta quarenta  hane- gadas de tierra  lindando  con el dicho  camino  Real del Agüimes e por  la otra parte con camino  que va de Agüimes a Gando  e por la otra parte el barranquillo   de  Aguatona  y de  la otra  parte  un  cardonal  e  tierras  que fueron de Rui Diaz e queriendo  agora llevar el titulo  como se a rrebuelto las  escripturas  del ofiçio del cabildo no se halla la petiçion.Pido  e subpli- co a vuestras señorias me hagan merçed de nueva dacta dellas para que se me de titulo  y en ello rresçibire  merçed  pues es sin perjuizio  de nadi e a mi me fueron  dadas. E por los dichos señor governador  e Regidores vista fue probeido  que de ynformaçion  como las pidió…
E despues  de lo susodicho  en veynte  e nueve dias del dicho mes de Julio y del dicho año estando  ayuntados  a cabildo  en las dichas casas del el dicho governador don Rodrigo Manrrique de Acuña e los señores Anton de  Serpa  e Juan  de  Çiberio  e Pedro  Azedo  e Matheo  de  Cairasco  y el liçençiado  Fernand  Garcia del Castillo e Alonso Pacheco e   Costantin  de Cayrasco Regidores desta dicha ysla por ante mi el dicho Pedro Ximenez lugarteniente  del  dicho  escrivano  mayor  se  torno  a  presentar  la  dicha petiçion  del  dicho  Bartolome  de  Tovilleja  la  qual  vista por  los  dichos señores gobernador e Regidores fue probeydo  que   se apregone  en Telde dos dias de fiesta a la puerta  de la yglesia quando  la  gente saliere de misa mayor  e el escrivano  asiente  si   oviere contradiçion.E  despues  desto  en doze  dias del  mes  de  Agosto del  dicho  año  de  mill e quinientos  e çin- cuenta  e dos años estando  ayuntados  a cabildo  en las casas del el dicho señor   gobernador  don   Rodrigo   Manrrique   de   Acuña  e  los  señores Regidores  que  en  el  se  hallaron  por  ante  mi  el  dicho  Pedro  Ximenez escrivano  de  sus  magestades  se torno  a presentar  la dicha  petiçion  del dicho  Bartolome  de  Tovilleja con  çiertos  pregones  escriptos  en  ella del thenor  siguiente.
En domingo  treynta e un dias del mes de Jullio de mill e quinientos e çincuenta  e dos años en saliendo de misa  se pregono la petiçion de suso contenida  a la puerta  de la yglesia por Juan Hernandez pregonero  publico y no ovo contradiçion, Testigos Antonio Diaz de Campos e Pedro Lorenzo y Juan de Cabrera Muñoz  e otros muchos. En sabado dia de San Salvador seys dias del mes de Agosto de mill e quinientos  e çincuenta  e dos años se dio  otro pregon de las dichas tierras conthenidas  en la petiçion desta otra parte  a  la  puerta   de  la  yglesia  en  saliendo  de  misa  mayor  por  Juan Ferrandez   pregonero   publico   y  no  ovo  contradiçion,Testigos  Juan  de Cabrera  Muñoz  e

Pedro  Dopaso  e otros  muchos.Francisco  de Zambrana escrivano publico.

E por los dichos señores gobernador e Regidores visto lo susodicho  y no aver contradiçion  dixeron que le  davan e dieron  las dichas tierras que pide debaxo de los dichos linderos sin perjuizio de terçero e con las condiçiones  de las tierras de sequero y mandaronselas  asentar en este libro de los Repartimientos   e darle titulo  dellas.”

(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)


1552 julio 27.

DEUDA DE ALONSO DE MATOS POR DOS BOTAS DE VINO.
Las Palmas. “Obligación  de  pago  que  Alonso  de  Matos,vecino  de  Telde  hace  a Tomás Box,vecino, de dos botas  de vino de a nueve barriles de marca cada una  por  ocho  doblas  de  oro  que  ha  recibido,pagaderas  por  San  Martín primero  del vino que  tiene  en   su bodega  de Telde, escogidas entre  una docena, hipoteca  todo el esquilmo  de uva y vino que Dios   quiere y proce- dente de los parrales que tiene en Telde.
…en 24 de Octubre  se dio mandamiento por una bota de vino, de resto contra Alonso de Matos.”

1552 agosto 1.

ALONSO DE MATOS CANCELA UN CONTRATO  POR VINO.
Las Palmas. “Cancelación que Alonso de Matos,vecino de Telde,otorga a Juan Fernández,vecino de Telde, de un contrato  que le hizo ante Alonso de León, escribano  público,  hará  siete u ocho  años, por  el cual se obliga a pagarle veinte botas de vino por razón que se las había pagado en dineros  de con- tado, pero en realidad Matos no pagó maravedíes algunos, sino que la escrit- ura de venta fue fingida y simulada por lo cual la da por rota.”

1552 agosto 27.
EL BACHILLER JUAN FULLANA,  FISCAL DEL SANTO OFICIO, OTORGA PODER PARA COBRAR LA HERENCIA DE SU MADRE EN CÓRDOBA.  “Poder especial que el bachiller Juan Fullana, fiscal del Santo Oficio de la Inquisición,  por él  y como  único  heredero  de María López Quijada, su madre, difunta, vecina que fue de Córdoba  en la collación de Santa Marina, cuya herencia tiene aceptada, da a Bernardo Hernández,  vecino de Córdoba, para  que  cobre  todos  los bienes  y mrs. que  le deban  y pertenezcan  a la herencia;  además  para que  pueda  requerir  con  una  cédula  y libranza  que tiene, que le fue librada de su salario de fiscal del Santo Oficio, en el señor receptor  Juan de Contreras, receptor  del Santo Oficio de Córdoba.”

1552 septiembre 6.

LUISA DE ILLESCAS RECLAMA EL PAGO POR LA VENTA QUE HIZO SU PADRE DE UN INGENIO   Y ACCESORIOS EN EL HEREDAMIENTO  DE AGUIMES.  “Alonso  Díaz  de  la  Garza,  vecino,  dice,  que  por  cuanto   Alonso  de Illescas, difunto,  vecino, le vendió  un  sitio e ingenio,  casas de purgar  y refinar, casas de calderas y otras cosas que tenía en el heredamiento de Agüimes, con un albercón,  ejes, prensas, maderas  y otras cosas, más un tributo de cien- to veinte doblas  que tenía sobre  Hernando Rosado, más otras cosas que allí tenía,  por  precio  de  cuatrocientos cincuenta doblas,  según  consta  en  las escrituras de venta otorgada; y porque en realidad no había pagado las doblas a Luisa de Illescas, su hija a quien  realmente estaba obligado,  puesto  que le hizo  un  contrato de  obligación   de  pagarselas  de  esta  manera:  trescientas treinta  en un plazo de un año a partir  del primero de Agosto de 1550  y las ciento  veinte restantes  desde el día de Pascua de Navidad  de un año que se cumple  por  el día de Pascua de Navidad  del año  1553  según  consta  en la escritura  de deudo  otorgada  ante  Francisco  de Besga, escribano público,  el seis de Junio de 1550. Al ser los pagos cumplidos y los plazos pasados Luisa de Illescas sacó mandamiento de ejecución  contra  él y sus bienes  para  ser pagada  de su deuda;  además,  al ser Luisa, viuda y no tener  otros  bienes  de qué poderse  alimentar ella y sus hijos quieren  emplear  los dineros  en alguna cosa que le granje rentas; por lo cual tiene prisa en cobrarle.

Díaz al presente no puede pagarle a menos que venda su hacienda a bajo precio, con lo cual perdería mucha  cantidad  de maravedises, en mayor suma que no se pagase de intereses de los dineros que es deudor  a Luisa a 10% en cada año más esperándole  por la paga podrá vender sus azúcares a su tiempo sin los vender a menos precio adelantado, ganando más suma y cantidad que le podría dar el 10%, para remedio  de lo dicho y porque  Luisa no lo quiera hacer porque  tiene necesidad  de emplearlo  en algún oficio mercantil  donde ganase de intereses a 10%, como suele hacerse y se hace en estas islas, hizo un pedimento al magnífico Señor Don Rodrigo Manrique de Acuña, gobernador, ante el presente escribano en primero  de Agosto de 1552  que le fue concedi- do. Por  tanto,  por  ser  de  gran  utilidad  sin  tener  necesidad  de  vender  su hacienda, se obliga a pagar a Luisa de Illescas el dicho interés del 10%, en cada año de las cuatrocientas  cincuenta  doblas sumando  el interés anual de ellas cuarenta  y cinco doblas, comienza  desde el primero  de Agosto de 1551  que es el día que se cumplió el plazo que está obligado a pagar, pagará esta suma hasta tanto  que se haya pagado  a Luisa las cuatrocientas  cincuenta  doblas.”
la vega copia de segurida#A39DA  7/1/03  19:01  Página 276. (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo de Ingenio durante el siglo XVI)

1552 septiembre 22.

ARRENDAMIENTO DE UNA SUERTE DE TIERRA DE SEQUERO EN LA LONGUERA EN EL TÉRMINO DE AGUIMES.
 “Arrienda Jacomina  Arnao vecina por  poder  que  tiene  de  Cosme  de Espíndola, su marido a Juan Alemán, vecino, una suerte de tierra que se dice en La Longuera en el término  de Agüimes para que la siembre de trigo por un año y cosecha que se cumple por el año de 1553. En suerte pueden haber tres fanegadas de tierra en sembradura,  por precio  de tres anegas de trigo bueno  que se cogiere en las tierras, pagadas por el día de San Juan de Junio o antes si antes se cogiere la sementera. Si no siembra ha de ser igualmente obligado a pagar la renta. Se obliga so pena de diez mil maravedises.”
1552 octubre 7.

PETICIÓN  DE JUAN DE ÁVILA DE UNAS TIERRAS EN LA VEGA DE AGUATONA,  LINDANTES CON LOS MAJANOS,  EL PASTEL, LA MEJÍA   Y EL BARRANCO DE MARFÚ.

Las Palmas.  “Muy magnificos señores Juan de Avila vezino desta ysla en Agüimes beso las manos de vuestras señorias e les suplico me hagan merçed   de un pedaço  de tierras montuosas  que son en la vega de Aguatona que podra aver ochenta  hanegadas  en todo  montuoso e desmontado que a por lin- deros  tierras de Sancho Martín de Caliz (¿) de la una parte tierras de Diego Díaz y tierras del valle del Fiscal e a la cabeçada  de arriba  con tierras de Diego Díaz   e con la açyquia alta del yngenio e   con tierras que son del fiscal que se dize los majanos e por  la otra parte con tierras del dean que se dize los majanos  e por la otra parte  con tierras del dean  que se dizen las tress quartas e los majanos e tierras del pastel que son del dean e tier- ras que dizen  la Mexia que son del dean e tierras de Diego Xara e el fis- cal e tierras de Alonso de Matos el moço que dizen la hoya de Alonso de Matos e con un barranco  abaxo que se dize agora Marfuy que va a dar a unas quevas que estan ençima  del Carrizal en una montaña  e con tierras de los herederos  de Gonçalo  Baez de las quales dichas tierras yo Juan de Avila tengo  por myas mucha  parte  dellas e porque  son las demas que yo pido  montuosas  e desmontadas por mi el dicho  Juan de Avila a vuestras señorias suplico me agan merçed  de me dar la dicha merçed  por que   yo las aprobeche  a tanto  que  soy vezino  e tengo  hijos en  lo qual  vuestras señorias me haran  merçed, cuyo estado  Nuestro  Señor acresçiente. E por los dichos  señores  justiçia  y     e Regimiento  visto dixeron  que  davan  e dieron   al  dicho   Juan   de   Avila  syn  perjuizio   de   terçero   e  con   las condiçiones  de las tierras de sequero e mandaronsela asentar en este Libro de Repartimientos  e que dellas se de titulo.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1553 abril 17.

PETICIÓN  DE JUAN BATISTA AMORETO DE TIERRAS EN EL BARRANCO DE AGUIMES,  EN   LOS MONDRAGONES.
Las Palmas. 
“…Muy  magnificos  señores,  Juan  Batista Amoreto  beso  las manos  de vuestras señorias y les suplica le hagan  merçed  de seys hanegadas  de sen- bradura  que son en el barranco  de Agüimes en Los Mondragones  dentro  de la serca que al presente esta hecha, que lindan por la cabesada de arriba con tierra  de Juan Martin  de Bilbao e por  abaxo tierras  de Sancho  Martin  de Cadiz e por  los lados de arriba  tierras de Bartolome  de Tovilleja y Anton Arnao y por abaxo tierras de Martin de Mireles, las quales estan hiermas  e las quiere aprovechar  para el bien y serviçio de su magestad, pide y suplica a vuestras señorias le manden  dar titulo y mercéd dellas para que sean suya para siempre jamas y en ello le hagan merçed  cuyo magnifico ayuntamien- to nuestro  señor aumente.

En cabildo XVII dias de Abril de IVDLIII  años.
E por  los dichos  señores  gobernador y regidores  vista dixeron  que daban  e dieron  al dicho  Juan Batista Amoreto  las dichas  tierras  que pide e donde  las pide sin perjuizio  de terçero  e con las condiçiones de las tier- ras de sequero  e que las aproveche  dentro de año e que se le de titulo  del- las.” .”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1553 junio 2.
SOBRE UN CAMINO POR DONDE  TRAEN LEÑA PARA EL INGE- NIO.  Las Palmas. 
“Muy magnificos señores, Martin de Mireles vezino desta ysla en la çibdad de Telde beso las manos de vuestras señorias y les suplico me hagan merçed  de dar un pedaço  de tierras de sequero  en el termino  de Agüimes en que podra aver doze cayzes de tierra montuosas  que no se an labrado ni edificado que fuiyan por linderos un camino que sale de Agüimes por detrás del pueblo  que es por donde  se suven y traen lena para el yngenio y desde el dicho camino  para abaxo por la alda de huna  montana  que esta tras del dicho pueblo  todo quanto  pudiere  cavalgar una asequia que se puede  sacar para las regar y por alli abaxo azia la mar, asta donde  alcansare, qui por la parte de abaxo tiene por lindero el barranquillo  que sale del Ancon y tierras de mi el dicho Martin de Myreles, las quales les pido para las edificar y labrar y en ello vuesa señoria ara seviçio a Dios nuestro  señor y a mi merçed quiyo muy magnifico ayuntamiento Dios nuestro  señor aumente  por largos tienpos.

E  por  los  dichos  señores  gobernador e  regidores  vista dixeron  que davan  e dieron  al dicho  Martyn  de  Myreles dos  cafizes sin  perjuizio  de terçero e con la condiçion  sy otro tuviese titulo o lo mostrase dellas no sea del por que ya esta servido. E asy se lo mandaron asentar e que de ello se le de titulo  e con que las aproveche  dentro  de año e dia e con las otras condiçiones  con que se le dan las dichas tierras de sequero.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1553 diciembre 13.
OBLIGACIÓN DE  GONZALO  YÁNES PARA SERVIR DE  MOLE- DOR  A DIEGO  DÍAZ EN SUS INGENIO  DE  TELDE  Y AGUIMES. Las   Palmas. “  Gonzalo  Yanes  ,  moledor,  estante  en  la isla, se obliga  a  Diego Díaz, vecino, de la ciudad  de Telde, ausente,  a servirle de su oficio de moledor  en  sus Ingenios  de Telde  y Agüimes en  esta primera  zafra de 1554,  desde  el día  que  fuere  llamado,  con  salario  de  cuatro  doblas  al mes, mas la comida y la bebida, a cuya cuenta ha recibido cuatro doblas.”

1554 enero 11.
ARRENDAMIENTO DE  TIERRAS Y AGUA DEL HOSPITAL DE SAN MARTÍN EN LA VEGA DE  AGUATONA,  LINDANTES CON TIERRAS DEL DEÁN.  Las Palmas. 
“Hernando  de  Aguilar,    vecino  de  la  isla,  como   cesionario   del Hospital de San Martín de esta ciudad, arrienda  a Diego Xara, vecino  de la ciudad  de Telde, una  suerte  de tierras que el hospital  tiene  en el tér- mino  de Agüimes en la Vega de Gatona  [¿Aguatona?] con el agua que le pertenece  para su riego (una suerte), que linda de un parte con tierras del Deán y de otra con tierras de Valdevieso, por tiempo  de cuatro  años que corren  desde   del presente  y por precio  de 10 doblas  cada año; a cuen- ta ha recibido  las 10 doblas de la renta  del primer  año.”

1554 febrero 15.
PETICIÓN  DE  JUAN GONZÁLEZ  ,CAÑAVERERO,  VECINO EN EL  “YNGENIO  QUE   DICEN  DEL AGUIMES”,  DE  DOS   TROZOS DE  TIERRA  EN   “AGUAMARHUZ”  CON  DOS  CUEVAS Y UN MANANTIAL,SEPARADOS  POR EL CAMINO QUE  VIENE DE TELDE  PARA EL CARRIZAL.Las  Palmas. “…Mui magnificos  señores  Juan  Gonçalez  cañaverero  vezino  en  el yngenio  que   dizen  del  Agüimes beso   las manos  de  vuestras  señorias eles pido e subplico que en vezindad  me hagan merçed de un pedaço de tierra de sequero montuosa  que nunca  fue aprobechada que es  a donde dizen    Aguamarhuz    que  se entiende  el….barranco de  agua Marhuz  de una  parte   e de la otra  aguas vertientes  para dentro  del dicho  barranco desde  las albarradas  de las tierras  de sembrar  pan  en Aguatona  el bar- ranco  abaxo hasta el camino  que  viene de Telde  para el Carrizal  e por baxo del dicho  camino  otro  pedaço  de tierras que esta linde  con este e que puede  aver el uno  u el otro  hasta en cantidad  de diez e seys hane- gadas  de   tierras   de   probecho   lo  que   en   este   termino   se  pudiere aprobechar   hasta  en  cantidad   de  diez  e  seys hanegadas  de  tierra  de probecho  lo  que en este termino  se pudiere  aprobechar  hasta en canti- dad de las  dichas dieze seys hanegadas  de tierra con más dos   quevas e un  manantial  que  estan  en el dicho  barranco  para  las aprobechar  y en hazerlo asi vuestras señorias haran  serviçio a Dios Nuestro  Señor e a mi muy grang merçed,cuyo  mui  magnifico ayuntamiento y estado  Nuestro Señor en su serviçio prospere  amen.”
E por los dichos  señores  governador  e Regidores vista dixeron  que le davan e dieron  las dichas tierras que pide e donde  las pide debaxo de los dichos linderos sin perjuizio  de terçero  e con las condicçiones  de las tierras de sequero  e las quevas   le davan e dieron  conforme  a la horde- nança  que  en  la dicha  rrazon  habla  e dello  le mandaron se asiente  en este libro de los Repartimientos  e se le de titulo.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1554 febrero 26.
PETICIÓN  DE  FRANCISCO DÍAZ,  VECINO DE  AGUIMES DE UNAS TIERRAS CON  UNAS CUEVAS Y LICENCIA PARA UN ASIENTO DE  COLMENAS,  ENTRE EL BARRANCO DE  AGUA- TONA Y EL BARRANCO QUE  PARTE EL TÉRMINO  DE AGUIMES.

Las Palmas.  “…Muy magnificos señores, Françisco Diaz vezino desta ysla en Aguymes  besa  las  manos  de  vuestras  señorias  y les  suplica  le  hagan merçed  de un  pedaço  de tierra  en que  podra  aver una  suerte  de tierra poco  más  o  menos   con  otros  pedaçuelos   que  estan  alrrededor   que podran  tener  otra suerte  poco más o menos  que es en el dicho  termino de  Aguymes que  linda  de  la  una  parte  la  cordillera  del  barranco   de Aguatona y por la otra banda  de abaxo las cordilleras de los dichos bar- rancos que bienen  a juntar uno con otro e por la banda  de arriba tierras realengas. Y ansi  mismo  suplica  le hagan  merçed  de  unas  cuebas  que estan dentro  del dicho  pedaço  de tierra  con que ansymysmo se le haga merçed  de liçençia para un  asyento  de colmenas  en la dicha  tierra  por que en ello le haran vuestras señorias muy gran bien e merçed, cuyo muy magnifico ayuntamiento nuestro  señor aumente  por su santo serviçio.

E por los dichos señores gobernador e regidores vista dixeron que se le dan syn perjuizio  de terçero  las tierras que pide y donde  las pide sin per- juizio  de  terçero  e con  las condiçiones  de  las tierras  de  sequero  e man- daronselas  asentar en el libro de repartimientos e que se le de titulo  dellas e que las cuevas las tenga conforme  a la hordenança.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1554 marzo 21.
PETICIÓN  DE SANCHO MARTÍNEZ DE CÁDIZ PARA QUE LE CONCEDAN  LAS DEMASÍAS Y SOBRAS DE UNAS TIERRAS HASTA EL “LOMO  DE LOS CABALLOS”.  Las Palmas.

 “Sancho Martinez  de  Cadiz  beso  las manos  de  vuestras  señorias  y digo que  dende  el açequia  más alta y prinçipal  de la Vega de Aguatona que  sale por  el albarrada  de  Francisco  Sayago difunto  que  ahora  tiene Pero  Hernandez a tributo,  yendo  vera del  barranco  de  Agüimes arriba hasta la cumbre  del lomo que dizen  de los cavallos y de alli cortando  en derecho  de los más alto del sercado de Diego Xara vezino de Telde hasta dar  al barranco  Hondo  y luego  de  alli para  abaxo  el barranco  Hondo hasta dar al barranco  de Aguatona y de alli para arriba  a dar al açequia más alta de la Vega de Aguatona y de alli vera del açequia Real y más alta hasta  el  lindero  primero  y albarrada  de  Sayago que  todo  es  tierra  de sequero dentro  de los quales dichos linderos vuestras señorias en nombre de su alteza a dado titulos  y merçedes  de tierras a vuestras señorias dela comarca  de Agüimes y çibdad  de Telde  y esta ocupado  y algunos  dellos tienen  con  çient  hanegadas  más de çiento  y veynte a cuya cabsa en los dichos linderos no se pedir casa çierta ni ay ottras tierras para poder  sen- brar de sequero, pido y suplico a vuestra señoria me haga merçed  de las demasias  y sobras que podia  aver dentro  de los dichos  linderos  para en que  yo pueda  senbra  y en  ello  reçibire  merçed,  cuyo  magnifico  ayun- tamiento  nuestro  señor acresçiente.

En el cabildo  XXI de Mayo de 1554  años. E por los dichos señores gobernador  e  regidores  vista dixeron  que  se  les  dan  çiento  çincuenta hanegas en la dicha parte e debaxo de los dichos linderos sin perjuizio de terçero  e de los titulos dados, e que en cualquier  tiempo  que paresca tit- ulo alguno no trayga pleyto e se cumplan los otros titulos primeros.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1554 mayo 21.

PETICIÓN  DE   FRANCISCO MARTÍN MORISCO DE  UN PEDAZO DE  TIERRA Y  SOLAR  JUNTO  AL  INGENIO   DE  LA  VEGA  DE AGUATONA.las  Palmas. “…Francisco Martín  Morisco… suplico  le haga merçed de un peda- zo  de  tierra    e solar  que   es junto  al sitio   del  yngenio  de  la vega de Aguatona      que   tiene   por   linderos  el  acequia   alta   y  el  parral   de Hernando Rosado  y las casas de Bartolomé de Tovilleja  y el albarrada de las tierras  del fiscal que  están  junto  al sitio del dicho  yngenio  para que  en  la dicha  tierra  pueda   hazer  unas  casas  y lo  demas  que    me paresçiere…
…E  por  los  dichos  señores  gobernador e regidores dixeron que- davan  e dieron al dicho  Françisco  Martín  el dicho  pedaço  de tierras  e solar  que  pide.”

1554 julio 13.
PETICIÓN  DE  SANCHO MARTÍNEZ DE  CÁDIZ DE  UNAS TIER- RAS Y AGUA  EN EL BARRANCO DEL AGUA,  CERCA DEL CAR- RIZAL QUE  FUERON DE  GONZALO   BAEZ.
Las Palmas. “…Muy magníficos señores,Sancho Martínez de Cádiz beso las manos de vuestra señoria e le suplico me hagan merçed de las laderas del baran- co del agua que hera de Gonçalo  Baez de una  banda  y de otra el dicho barranco   començando  dende  un  çercado  mio  hasta  el  carrizal  que  se entiende  la tierra y el agua que seran dos suerte  del dicho  GonçaloVaez no puede  segar ni aprovechar  y en ello reçibire  merçed.

En cabildo  treze de Julio de IVDLIII.º años.E por los dichosseñores gobernador  e  regidores  visto  dixeron  que  se  le  dan  syn  perjuizio  de terçero  al dicho  Sancho Martynez de Cadiz las tierras que pide y donde las pide  e con  las condiçiones  de las tierras  de sequero  e mandarenselo asentar en el libro de Repartimientos  e que se le de titulo  dellas.”

1554 julio 30.
…SOBRE  UN CAMINO QUE  VA  DE  TELDE  PARA EL CARRIZAL Y OTRO  QUE  VA PARA AGUIMES.  Las Palmas. 

“…tierras montuosas  e calmos que estan en el termino  de Telde den- tro  de un  barranco  que  se dize  barranco  de Diego  de Silva que  an por linderos  por  la vanda de abaxo con  un  camino  que  va de Telde  para el Carrizal que va por çima de la montañeta de las Guesas e por la vanda de arriba con otro camino  que va para Agüimes que va por las montañas  de Ayga aguas vertientes  de un cabo e de otro  del dicho  barranco  entre  los dichos dos caminos…”

1554 agosto 17.
BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  SOLICITA  NUEVO TÍTULO   DE CIERTAS TIERRAS SITUADAS ENTRE EL CAMINO QUE VA DE TELDE  PARA AGUIMES  Y EL QUE VA DE AGUIMES PARA EL PUERTO DE GANDO,  JUNTO  AL BARRANCO DE AGUATONA.
Las Palmas,  “Muy magnificos  señores,  Bartolome  de Tobilleja  beso  las manos  de vuestras señorias e digo que yo tengo  un titulo  y merçed  de çiertas tierras en la comarca  de Aguimez de que  vuestras  señorias  me hizieron  merçed que an por linderos  el camino  que va de  Telde para Aguimez el de arriba y el camino  que va de Agüimes para el puerto  de Gando  como  ba abaxo hasta una montañeta y con el camino  viejo de las carretas y lindero  con el barranco de Aguatona  arriba  hasta dar al camino,  digo que dentro  destos linderos  me paresçe que abra más tierra de probecho de las hanegadas  que el dicho  titulo  aseñale a que me refiero, pido e suplico  a vuestras señorias que  de  nuevo  me  hagan  merçed  de  todas  las obras  de  dicho  titulo  que ubiere dentro  destos dichos linderos y en hazello ansi haran serviçio a Dios nuestro   señor   en  su  santo   serviçio  prospere,   digo  que  en  las  dichas demasias  que pido podra  aver hasta veynte hanegadas  poco más o menos.
<<En cabildo XVII de Jullio de IVDLVII años>>.

Que  se le da syn perjuizio  de terçero. E por los dichos  señores  gober- nador   e  regidores   vysta  se  respondio  que  le  daban   e  dieron   al  dicho Bartolome  de Tovilleja las dichas tierras que pide e donde  las pide syn per- juizio de terçero  e con las condiçiones de las tierras de sequero  e mandaron- selo asentar en el libro de Repartimientos e que se le de titulo  dellas.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1554 diciembre 19.
JUAN GONZALEZ PIDE UNAS TIERRAS LINDANTES CON EL “CERCADO  DE   CABALLERO”  Y CON EL CAMINO DEL CARRIZAL A TELDE.Las  Palmas …Muy magnificos   señores,   Juan  Gonçalez   cañaverero   vezino   del Yngenio  de Agüimes veso las manos de vuestra señoria y le pido y suplico que en vezindad me hagan merçed de un pedaço de tierra de sequero mon- tuosa que nunca a seido aprobechada para senbrar de pan que a por linderos de una  parte  el camino  que sale del carrizal para   Telde  linde  con el var- ranco que sale de   Aguamarfuz hasta la mar y de la otra parte linde con el cercado que dizen de caballero y por la parte de arriba tierras de mi el dicho Juan Gonçalez  que tengo  por  otro  titulo  de vuestra señoría,lo que dentro destos limites se  pudiere  aprobechar  hasta en quantidad de sesenta hane- gadas,, las quales puede  aver poco más o menos  dentro  de los dichos limites…
…..que se le dan quarenta  hanegas de tierra al dicho Juan Gonçalez de sequero donde  las pide sin perjuizio de terçero e de los montes  e dehesas e con las condiçiones  de las tierras de sequero e mandaronselas  asentar en el libro de Repartimientos  e que se le de titulo dellas.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1555 agosto 9.

PETICIÓN  DE ANTÓN   DE SERPA DE UN SOLAR JUNTO  AL INGENIO  DE AGUIMES.Las  Palmas. “…Petición de Anton de Serpa regydor desta ysla… beso las manos  de vuestra señoria  y le suplico  me hagan  merced  de un  solar para hazer  una casa en Agüimes junto  al yngenio de Agüimes,linde con el camino  que va por la vanda de arryba a dar al yngenyo y por   el otro cabo a la esquina de la bodega de Juan Davyla y la çerca del parral del fiscal…”
…E por los dichos señores gobernador e regidores vista dixeron que se le da el solar que  pide e donde  lo pide…”

1555 octubre 7.
BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  SOLICITA TÍTULO DE UNAS TIERRAS QUE NO HABÍAN SIDO PEDIDAS POR NADIE Y POR OTRAS QUE POSEÍA HACÍA QUINCE  AÑOS.

Las Palmas.  “…Bartolome de Tovilleja besa las manos de vuestra señoria y digo que yo reçibire  grand merçed  en que vuestras señoriasme  hagan merçed  de un pedaço de tierra montuosa  que es en la comarca de Agüimes, en que puede aver treynta fanegas poco más o menos que lindan por la parte de abaxo con tierras  que  fueron  de  Ruy Diez    e por  la parte  de  arriba  con  tierras  de Francisco de Vargas escribano  que fue de Telde, e por otro  lado tierra de Françisco Diez e por  el otro lado tierras de Françisco Yanez. Las quales tier- ras  asta agora no an  sido pedida de nadye y en se aprovechar   es para util- idad,  resçebire  meçed,vuestra  señoria  me  hagan  merçed  dellas. E  otrosy suplico a vuestras señorias me hagan merçed de media suerte de tierra poco más o menos que es en la dicha comarca de Agüimes que linda  con el alber- con por  e un lado y por el otro lado con un callejon que va a la Sierra,  e por la parte de abaxo con tierras que fueron de Juan Martinez  de Bilvao, la qual dicha media suerte de tierra de nadie asta agora  a sydo pedida e yo a quinze años poco más o menos que la gozo e aprovecho e no tengo titulo della.
..E por  dichos  señores  gobernador e  regidores  vista dixeron  que  le dan…las tierras que pide e donde  las pide..”.  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1555 octubre 22.
ANTÓN FULLANA  APORTA :  AGUA DE LA ACEQUIA DE ARRIBA DE AGUIMES,  TIERRAS EN AGUIMES Y CUATRO FANEGAS DE TIERRA Y TRIGO EN LA VEGA CASTAÑA ,  EN UNA COMPAÑÍA CON CRISTÓBAL CORDERO.Agüimes.
“Antón Fullana  y Cristóbal  Cordero,vecinos  de  Agüimes,hacen  com- pañía para la sementera del año próximo.Antón Fullana pone tres suertes de agua de la acequia de arriba de Agüimes,la cual agua esta apreciada en ocho doblas.Las tierras son tras las casas de   Agüimes,una tras las casas de Juan Alemán,otra que llaman   Matahigera y otra junto  a las  parras de María de Mireles.Por las dichas suertes se  ha de contar y pagar hanega por fanega de la parte que cupiese al dicho Cristóbal  Cordero.Fullana  pondrá  además en la vega Castaña, cuatro  hanegas de tierra y cinco fanegas de trigo.Cristóbal Cordero, por su parte,pondrá siete fanegas de trigo para la dicha compañía y toda la sementera corre a su costa.En total la sementera será de doce fane- gas de  trigo;contándose   el  trigo  semental  a  trece  reales    la  fanega  y el morisquillo  a dieciocho.Se sacará de todo montón mayor”.  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1555 noiembre 23.
CONFLICTO  ENTRE ANTÓN FULLANA Y OTROS CON SANCHO MARTÍN DE CÁDIZ POR LA POSESIÓN DE TIERRAS EN LA VEGA CASTAÑA.Agüimes. “Antón Fullana,Martín  de Mireles,Juan de Avila y Bartolomé  de Juvilleja(¿),vecinos de   la  villa  de   Agüimes,otorgan   poder   a  Alonso  de Medina,procurador de causas  por la Audiencia de S.M. para que contradiga la posesión  y título  que  tiene  y ha tomado  en tierras  de la   vega Castaña Sancho Martín de Cádiz,por lesina a los otorgantes  y a los títulos de tierras que ellos tienen  allí.”

1556 marzo 15.
MARTÍN DE MIRELES,  CON PODER DEL OBISPADO,  ARRIENDA UNA HUERTA EN EL CARRIZAL.Agüimes. “Martín de Mireles,vecino de la villa de Agüimes, con poder  de Simón de Valdés,mayordomo del señor obispo de Canarias ,arrienda una huerta en el Carrizal por tiempo  de un año a partir de mañana.”

1556 enero 27.
PETICION  DE GASPAR DE OLIVARES MALDONADO  DE TIERRA DEBAJO  DE LA MONTAÑA DEL MOJON  JUNTO  AL BARRANCO DE GUAYADEQUE.  Las Palmas.  Muy  magnificos  señores:  Gaspar  de  Olivares  Maldonado,   beso  las manos de vuestras señorias y digo que el año pasado de 1553 siendo alcayde de la fortaleza de Las Ysletas ove pedido  a vuestras señorias  me hiziesen merçed  de dosientas  anegadas  de tierra  poco  más o menos  que  son a la vanda     de  Telde   que   a  por   linderos   de  una   parte   el  barranco   de Guayadeque  aguas vertientes  y de la otra parte otro  barranco  que va por el colmenar  de Burgos aguas vertientes  que va por la vanda de abaxo de las mismas  tierras  a feneçer  al dicho  barranco  de  Guayadeque  y por  la vanda de arriba un lomo que viene de la montaña  del Moxon a dar en las mismas tierras. E por vuestras señorias fue remitida  a su merçed del señor governador  para  que  vistas las tierras  lo proveyese e por  estar  como  yo estuve ocupado  en la dicha alcaydia aquel año e el otro siguiente de 54 no tuvo lugar de entender  en que  se   me efetuase la merçed  e a dias que  e pedido  al escrivano del cabildo  me de la petiçion  para conseguimento y efeto della, el cual dixe que la a buscado y no la alla, e por que a su merçed del señor  governador  e algunas  de vuestras señorias  consta  como  la ove presentado  e como se cometio  al señor governador  e aun el escrivano ara dello  relaçion,  a  vuestras  señorias  suplico  se  an  servidos  de  me  hazer merçed de las dichas tierras como su merçed del señor governador lo tenia proveydo  al pie de la comision  de que  en ello reçibire  merçed.  Besa las manos de vuestras señorias.

…En cabildo XXVII de Enero de IVDLVI años. E por los dichos señores gobernador e regidores vista dixeron que le dan syn perjuyzio de terçero  e el deñor governador dixo que conforme a la rremision del cabildo avia man- dado  que  le diese titulo  dellas en la otra  petiçion  que  antes  avia dado  el dicho Gaspar de Olivares e mandaron que se le de titulo dellas e se asyente en el Libro de Datas.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1556 abril 7.

DIEGO  RAMIREZ,  EN NOMBRE DE LA IGLESIA DE SAN SEBASTIÁN DE AGUIMES,  ARRIENDA SUERTE Y MEDIA DE AGUA EN LA VEGA DE AGUATONA.Agüimes. “Diego Ramírez,vecino  de  la isla y mayordomo  de  la iglesia de  San Sebastiàn  de la villa de Agüimes ,arrienda  a Martín  de Mireles y Juan de Avila, vecinos de la villa ,suerte y media de agua que la dicha iglesia tiene en la  vega de Aguatona.El tiempo  será de cinco años a partir de hoy y su precio  doce  doblas  de  oro  de  moneda   isleña  al  año  ,pago  en  el  mes  de Mayo.”

1556 abril 13.
PETICION  DE PEDRO LORENZO  Y HERNANDO  ESTEVEZ DE UNAS TIERRAS JUNTO  AL CERCADO DE CABALLERO Y ALBER- CON DE CANARIOS Y OTRAS EN LA “COSTA  DE LA MAR”.
Las Palmas.  “Pedro Lorenzo y Hernando Estevez su cuñado vezinos desta çibdad de Telde besamos  las manos  de vuestras señorías y les suplicamos  nos hagan merçed  de un pedaço de tierras que son en el termino  de Agüimes en que podra aver sesenta o setenta fanegadas en senbradura o lo que en ella oviere, las quales tienen por linderos de la vanda de arriba tierras de Francisco Diaz de Bollullos e de Juan Gonçalez  y por  los lados el çercado  que  dizen  del caballero  e por otro  lado tierras y albercón  de canarios que son de Diego Diaz hasta la mar, las quales son montuosas  e tierras de sequero…
Pedro Lorenzo vezino de la cidad de Telde beso las manos de vuestras señorias e digo que por otras mis peticiones  que e presentado  e suplicado a vuestras señorias me hiziessen merçed de me dar unas tierras en el termino de Agüimes que el señor governador  ha visto y el señor Hernando Espino las quales son de poco  valor y esta a la costa de la mar  y en las labrar  y desmontar  para las aprobechar  y cultivar tengo  de hazer  muchas  costas y gastos y en dubda  sy seran de provecho  pido y suplico a vuestras señorias me hagan merçed dellas atento lo susodicho ya que soy hombre  casado que tengo muchos  hijos para ayuda a la substentaçion y que pagamos como en yr a velar, en lo cual me haran  bien  y merçed  cuyo muy magnifico ayun- tamiento  nuestro  señor por largos tienpos prospere.
…E  por  los dichos  señores  gobernador e regidores  vista dixeron  que dando  luego los dichos  Pedro Lorenço  e Hernando Estevez quatro  doblas para los gastos y ediffiçio de la fortaleza  delas ysletas se les dan  quarenta fanegadas de tierras  debaxo  de los lynderos  que  piden  e syn perjuizio  de terçero e con las condiçiones  de las tierras de sequero e doy fee que el dicho Pedro Lorenço pago e dio las dichas quatrodoblas e mando  de les de titulo dellas.” .”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1556 mayo 14.

PRÉSTAMO DE BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA  A JUAN GONZÁLEZ Y ESPOSA CON HIPOTECA DE UNA CASA Y TIERRAS. Agüimes. “Juan González Galán,Beatriz López,su mujer,reciben  treinta doblas de oro de moneda  isleña de Bartolomé de Tovilleja, e imponen  a favor de este un  tributo   anual  redimible,pagadero  por  la  navidad,por   tres  doblas  de oro,sobre los bienes siguientes,una  casa donde  viven los otorgantes  en este ingenio, linda  por abajo con casa de Hernando Estévez y por el otro  lado con  el cercado  del  fiscal,un parral  que  linda  por  encima  con  parral    de Francisco Díaz de Bochillos y por  otro  lado con  tierra  de Juan de Avila;y setenta fanegadas de tierra donde  dicen Aguamarfarzar.”

1556 octubre 14.
PETICION  DE PEDRO DESCOBAR DE DOS CUEVAS EN UN CERCADO QUE COMPRÓ A ALONSO DE MATOS.
Las Palmas.  “…Muy magnificos señores, Pedro Descobar parezco ante vuestras seño- rias e digo que yo compre  de Alonso de  Martos ( Matos ¿) vecino de Telde un çercado de tierras en el termino  de Agüimes so çiertos linderos  y en el dicho  çercado  de tierras  estan  dos cuevas de las quales no  tiene  titulo  el dicho Alonso de Martos (Matos ¿), pido e suplico a vuestra señoria me haga merçed  de las dichas  dos cuevas pues estan  dentro  de las dichas  tierras y ninguna  persona  las posehe y desto no resçibe nadie daño, cuyo muy magnifico ayuntamiento nuestro  señor prospere.

…E por los dichos señores gobernador e regidores vista dixeron que le davan e dieron  las dichas quevas que pide syn perjuizio  de terçero  e con- forme a las hordenanças  desta ysla, e mandaron dello se de le titulo.”

1557 marzo 23.
PEDRO DE ESCOBAR DA A  CURAR UN CERCADO DE CAÑAS, ARRIBA DE LA HUERTA DEL OBISPO EN EL CARRIZAL.  El Carrizal de la Villa de Agüimes.  “ Pedro de Escobar, escribano  público  de la isla, da a curar a Bastián Méndez,  cañaverero,  vecino  de  El Carrizal, un  cercado  de  cañas  que  ha plantado  en este año  en tierras  de Gonzalo  Váez arriba  de la Huerta  del Obispo  que  está  en  dicho  Carrizal. Le dará  cada  mes, para  su  manten- imiento, una fanegada de trigo y cuatro reales y medio para conduto, desde primero  de Junio venidero; también  llevará el 5 % de todo el azúcar que se cogiere.”

1557 septiembre 4.
PETICIÓN  DE JUAN RODRÍGUEZ DE CUBAS DE UN PEDAZO DE TIERRA EN EL BARRANCO DE AGUATONA EN AGÜIMES. Telde.  “…Muy magnificos señores,Juan Rodriguez de Cubas vezino desta çibdad de Telde beso las manos de vuestras señorias y digo que a veinte años que a mi y a Ambrosio Alvarez mi hermano  ovimos pedido  un pedaço de tierras de   hasta çincuenta  hanegadas  que son de aquel cabo del  barranco de Aguatona en Agüimes e lindan por la parte de arriba con tierras que son agora de Francisco  de Vargas y otros  linderos  de la otra  parte  tierras  de Francçisco Diaz Bolullos y por la parte de abaxo tierras realengas,las  quales nos fueron dadas por vuestras señorias y las hemos senbrado  y aprovecha- do  desde  entonçes  aca y to e ydo   a sacar el titulo  dellas y no  lo halla el escrivano  deste cabildo segund el dara ynformaçion a vuestra señoria por que dize que falta siertos registros e suplico a vuestra señoria pues a tanto tiempo que la poseemos  nos manden  dar titulo  dellas por que otra persona  no nos pueda perjudicar y en ello pido justiçia.

…presento por testigo a Françisco Martin vezino de Agüimes el qual avien- do jurado  en forma de derecho  dixo que lo que sabe es que este testigo ara quinze   años  que  vio  que  Ambrosyo  Alvarez  heramdno  del  dicho   Juan Rodriguez de Cubas desmonto  parte de  las dichas tierras e sembro en ellas e este testigo le arrendo  agua para regar el pan dellas del agua que este testigo tenia de Sancho Martinez  de Cadiz e asymesmo vio que Françisco Diaz por mandato  del dicho Anbrosyo Albarez desmonto  en las dichas tierras e asimis- mo vyo que otros dichos portugueses arrendaron parte a Amrosyo Albarez e las senbraron  e dio alhorra…aquel año cogieron pan en ellas por que lo vyo e por suyas del susodicho  son tenidas  las tierras e este testigo   a syenpre asy oydo dezir.E que esta es la verdad e fyrmolo.

… E despues desto en la dicha çibdad de Telde a quinze de Setienbre e del dicho año estando  en la dicha visita el dicho señor gobernador e los señores Alonsode Herrera  y Hernando Spino regidores diputados  e don Juan Pacheco regidor por presençia  de my el dicho escrivano se torno  a presentar  la dicha petiçion e por los dichos señores gobernador e regidores vysta la ynformaçion dixeron que le daban e dieron la dicha tierra syn perjuizio de terçero e con las condiciones  de la tierra de sequero e que se le de titulo dellas..
…En XII de Setienbre de IVDLVII años contradixo estas tierras Bartolomé de Tovilleja por que dixo tener titulo dellas.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1557 septiembre 13.
PODER PARA VENDER TIERRAS EN LA VEGA CASTAÑA.
Las Palmas.  “Ana de Puerta, vecina de la isla, hija y heredera de García de Asiego, veci- no, que fue de la isla, apodera a [roto] Díaz, su hermana, vecina de la cudad de Telde, para que en su nombre  pueda vender la parte que, como heredera de supadre, tiene sobre ciertas tierras en la Vega Castaña, término  de dicha ciudad y villa de Agüimes, en la persona y por el precio que le pareciere.”

1557 octubre 29.

PETICIÒN DE PEDRO LORENZO  Y HERNANDO ESTÉVEZ, VECINOS DE TELDE, DE DOS   PEDAZOS DE TIERRA, UNO EN LA PARTE DE GANDO Y OTRO   HACIA EL CARRIZAL, LINDANTE CON EL “CERCADO DEL CABALLERO” CON UNA CUEVA.

Las Palmas. “…Muy magníficos  señores,Pedro  Lorenzo  e Hernando Estevez vezinos desta  ysla besamos las manos de vuestras señorias y les suplicamos nos hagan merçed  de  nos  dar  hasta  ochenta  hanegadas  de  tierras  en  la comarca  de Agüimes que son hasya la mar a la parte de Gando e son linde de otras tierras que tenemos por la vanda de arriba e por un lado con tierras de Juan Gonzalez e por abaxo  hazia la mar  e asymesmo otro pedaço que esta de la otra parte de tieras de Juan Gonzalez hazia el carrizal  e por abaxo lyndan con el çercado del caballero  e camino del  carrizal con una cueva que esta dentro en ellas,que en darnolas  reçibiremos  merçed  por  que  son sy perjuizio  de nadie  e yo Pedro Lorenço tengo quatro hijas para casar y en ellreçibire merçed
…En cabildo XXIX de Octubre  deIVDLVII años. Que dando ocho doblas se  le  dan  sin  perjuizio  de  terçero.Visto  por  los  dichos  señores  justiçia  y regimiento  dixeron que dando  los dichosPedro  Lorenço y Hernando  Estevez ocho doblas para la fortaleza de las Ysletas se le davan y dieron las dichas tier- ras de suso declaradas sin perjuizio de terçero e con las condiciones  que se le dan las tierras de sequero e mandaronselas  asentar en este libro de datas y dalle titulo dellas”. (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1557 diciembre 22.
DATA DE LOS HIJOS DE JUAN MARTÍNEZ DE BILBAO Y LOS DE GONZALO VAEZ Y SU MUJER CATALINA VAEZ EN EL “CERCADO DEL CABALLERO”, CERCA DE GANDO, ACTUANDO COMO TESTIGO ALONSO DE MATOS.

Las Palmas, “…Muy magníficos señores,Llorente  González  comoconjunta persona  de Luis  de Cabrera e Françisco Taborda  como marido  de Mençia de Cabrera e Maria de Morales todas tress hijas de Juan Martinez  de Bilbao difunto  por nuestras parte e Catalina Vaez muger que fue de Gonçalo Vaez por mi e Luis Vaez mi hijo, paresçemos ante vuestras señorias e dezimos que a los susodichos fue hecha merçed y data de çient hanegadas de  tierras en  Aguimez por el año pasado  de     quarenta  e dos  años  linderos  el albarrada  del  çercado  de  del caballero e de la parte de Agando un barranquillo  que viene de dos montañas e por   arriba el açequia vieja del tiempo  de Grand Canaria que viene del çer- cado del cavallero. E del tiempo dicho a esta parte avemos tenido e  poseido las dichas tierras e aprovechado  parte della e et avemos buscado  el titulo e como las escripturas del offiçio an andado de unas casas en otras e faltan algunos tit- ulos e libros dellos e no lo hallamos subplicamos a vuestras eñorias nos hagan merçed de nos mandar dar titulo della e no permitan que por algunas personas seamos en razón dellas  pues  a tanto tiempo que se dieron  a nuestros padres e antepasados  e las avemos començado  a provechar, que en ello probeyendo justiçia reçibiremos  merçed.

…Françisco Tabordo presento como testigo a Alonso de Matos el cual juro segun derecho, e siendo preguntado   por el tenor del mandamiento e  comision dixo que sabe e conoçe e tiene memoria de las dichas tierras las quales sabe que son en la parte del lugar contenido  en el dicho mandamiento e que sabe este testigo que por el tienpo contenido  en el dicho mandamiento o más o menos, Juan Martinez de Bilbao e Gonçalo Vaez juntamente  poseieron las dichas tier- ras por  que  este  testigo  bido  la petiçion  para  las pedir  en  manos  de  Juan Martinez de Bilbao e que despues oyo dezir este testigo que el cabildo se las avia dado pero que no sabe en que cantidad, e que despues bido este testigo que el dicho Gonçalo Vaez desmonto  hasta quinze hanegadas de tierras las quales el dicho Gonçalo Vaez senbró porque este testigo le ayudo a arar en ella. E vido que  de  quinze  años  a esta parte  el dicho  Gonçalo  Vaez e despues  del  sus herederos sienpre an poseydo las dichas tierras en la dicha cantidad arandola e senbrandolas  e cultibandolas  arrendandolas  e que desto es la verdad e lo que sabe deste caso por el juramento  que hizo e lo demas no sabe e no firmo por que dixo no sabe escrevir.

…E por los dicho  señores  gobernador e regidores vysto dixeron  que…se dan  las dichas  tierras  a los  dichos  herederos  de  Gonçalo  Vaez e  de  Juan Martinez de Bilbao sin perjuizio de terçero e conforme a las hordenanças  de la isla.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1557 diciembre 31.
DIEGO  DÍAZ SE OBLIGA AL PAGO DE UNA DEUDA,  POR COMPRA DE ACEITE PARA LA FABRICACIÓN DE AZÚCARES EN SUS INGENIOS DE TELDE  Y AGUIMES.
Las Palmas. “Diego Díaz, vecino de la ciudad  de Telde, como  principal  deudor,  y Juan de Cabrera  Valerón, como su fiador y principal  pagador, se obligan  a pagar a Juan Agustín Justiniano, genovés, res. en la isla, 200 doblas por razón de cien arrobas  de aceite, a 14 reales la arroba, habiendo  recibido  Díaz el resto cumplimiento a las 200  dbs. en dinero  de contado,  el cual dinero  y aceite están en su poder y se los dio Justiniano para la fabricación de los azú- cares que este año ha de hacer en sus ingenios de Telde y Agüimes; los ha de pagar por el día de San Juan de junio de este año. Díaz hipoteca los azú- cares blancos, escumas y rescumas y refinados que este año le pertenezcan en sus ingenios; Cabrera, lo mismo  que procediere  de sus cañas que tiene para moler en este año en la Vega de Enfrente.”

1558 enero 1.

ANTÓN FULLANA Y ESPOSA VENDEN TIERRAS EN LA VEGA CASTAÑA LINDANTES CON EL BARRANCO DEL LOMO   DE LOS CABALLOS.Ingenio  de Agüimes.  “Marina de  Soleto, mujer  de  Antón  Fullana, y su  marido  venden  a Antonio Pérez, vecino de la ciudad de Telde, diez fanegas de tierra de pan sembrar  que la otorgante  tiene en la Vega Castaña dentro  de un cercado, que   compró   con   otras   diez  fanegas,  que   fueron   de  [roto]  Vélez  de Valdivieso el Viejo, que ahora son del dicho Antonio Pérez, que lindan con otras tierras de los otorgantes que fueron de Martín Álvarez, por un lado con el barranco  del lomo que dicen de los Cavall[roto], y por abajo con tierras que fueron de Pedro Méndez, sin  carga alguna y por precio de 30 doblas.” 

1558 enero 2.
CONCIERTO  A PARTIDO  ENTRE    DIEGO  DÍAZ Y PERO  GARCÍA PARA EL DESBURGADO DE  LA CAÑA QUE  SE HA DE  MOLER EN LOS INGENIOS DE TELDE Y AGUIMES.   Telde. “ Diego Díaz, vecino de la isla, se concierta  con Pero García en darle a partido  el desburgado  de toda  la caña que  en esta zafra de 1558  se ha de moler en el ingenio que tiene en esta ciudad y en el que tiene en la villa de Agüimes, para que corte la caña, debiendo  llevar los desburgadores  que trajere primero  al ingenio  de Telde y luego al de Agüimes, pero pudiendo hacer la tarea de ambos si los ingenios molieron  juntos. Si se dejare de hacer este ser- vicio, García pagará los daños  que se sigan. Como  pase más de un día hol- gando él y los desburgadores,  se les pagará de vacío. Si García no pudiere  dar recaudo  para  la desburgada  moliendo  los ingenios,  los podrá  buscar  Díaz. García percibirá  3 rls. por cada caldera que se hiciere en el ingenio de Telde y cuatro reales por cada en el de Agüimes, pagados  así como fuere desburga- do. Para saber las calderas que se hubieren hecho, se ha de pasar por la cuen- ta que diere el mayordomo  con el libro de molienda; se sacará lo que Díaz ya hubiere  dado a García.”

(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1558 enero 2.

OBLIGACIÓN DE DAR A DIEGO  DÍAZ CENIZA PARA SUS INGENIOS DE TELDE  Y AGUIMES.  Telde.  “Hernán Rodríguez  y Marcos López, vs. de la isla, se obligan  a dar a Diego Díaz, vecino de la ciudad  de Telde, 400  fanegas de ceniza para sus ingenios de Telde y Agüimes, que sea buena  de dar y recibir, puestas en los términos  de ambos  ingenios dentro  de cuatro  meses que se cuentan  desde hoy, a 80  maravedíes  la fanega.”

1558 enero 11.
IMPOSICIÓN DE CENSO SOBRE UNAS CASAS EN LAS PALMAS, TIERRA EN AGÜIMES COMPRADAS A ALONSO DE MATOS Y UNA SUERTE DE TIERRAS Y AGUA EN EL CARRIZAL.
Las Palmas “Imposición de censo de diez doblas de oro anuas de a quinientos  mar- avedises cada una de la moneda isleña, que Pedro de Escobar, vecino, escrib- ano público, de Gran Canaria y Ana Larios, su mujer, vecina, con previo consentimiento de su marido, hacen a Tomé Hernández, vecino, por cien doblas de oro en dineros  de contado  que de él recibieron  en presencia del escrib- ano de esta carta: a pagar en dos pagos de cinco doblas, uno  por San Juan de Junio y otro por Pascua de Navidad. Se grava sobre las casas donde  viven los otorgantes, citas en Las Palmas, en la calle Juan Codina y que lindan, por la parte abajo con las casas de Leonor  de León, mujer del Doctor  Lercaro, por otra parte con casas de Juliana Díaz, y por la delantera  por la calle real; sobre tres suertes de tierra en Agüimes que el otorgante compró a Alonso de Matos, vecino de Telde y que lindan, de una parte con tierras que fueron de Francisco de Vargas Monleón, vecino de Telde, y de la otra parte con tierras de Diego Jara; sobre las partes que pertenecen a Ana Larios de una suerte de tierras  y agua  en  el Carrizal  en  el término  de  Agüimes, que  lindan  por delante,  con  el camino  que  va a Tirajana y por  detrás  con  el barranco  de Carrizal, y sobre todas las rentas y alcogueres de los dichos bienes.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1558 enero 26.

CONTRATO  DE   ACARREO EN CAMELLOS DE LEÑA SANTA DEL CARRIZAL.  Las Palmas. “Minuta de  servicios que  Domingo  Hernández,  vecino  de  Telde,  se obliga a hacer a Melchor Olivares  Maldonado, en esta manera: lo servirá con tres camellos que tiene, uno bermejo y dos mohinos  en la zafra de este año, en el ingenio de Telde, comenzará  el servicio el lunes día primero  del próx- imo mes de Febrero y con las siguientes condiciones: 1) Pondrá en el ingenio cien cargas de leña de camello de leña santa del Carrizal, percibiendo por cada carga tres reales y medio nuevos, de los que ha recibido  a cuenta cien reales y el resto se le dará en ropa, una vez acabada de entregar la leña, que será a final de Febrero próximo. 2) Por cada día que trabaje en traer leña del Carrizal se le pagará doce reales y medio por camello y la comida de los mozos que lo han de llevar y por cada día que los camellos sirven  en el inge- nio se le pagará tres reales por camello y la comida para los mozos; además de  esto  se le han  de  dar  dos  bonetes  colorados.  3) Promete  que  durante todos los días que dure la zafra, llevará a las casas de purgar todas las formas de  azúcar  que  se hicieren  en  el dicho  ingenio  y las devolverá, vacías al mismo. Promete realizar todos estos servicios so pena que a su costa busque otra persona  que lo haga.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1558 enero 26.

CONTRATO  DE ACARREO DE LEÑA SANTA DEL CARRIZAL EN CAMELLOS.  Las Palmas. “Servicio que Domingo  Hernández vecino, hace a Melchor Olivares de Maldonado, de servirle en el ingenio que tiene en Telde Catalina Maldonado y en la zafra de este año, con  tres camellos de carga, uno  bermejo  y dos mohínos  y con dos mozos, comenzando el servicio el lunes día primero  del próximo Febrero. Promete  poner en el dicho ingenio cien cargas de leña de camello de leña santa buena  del Carrizal, percibiendo por  cada carga tres reales y medio  nuevos  de los que confiesa haber  recibido  a cuenta  ciento cincuenta  y el resto se lo dará en ropa, un vez acabada de entregar  la leña, que será a final de Febrero próximo; por cada día que trabaje en traer leña del Carrizal se le pagará dos reales y medio por camello y la comida de los dos mozos y por cada día que los camellos sirvan en el ingenio se le pagará dos reales por camello y la comida para los dos mozos, además de esto se le ha de dar dos bonetes colorados. También  promete que durante  los días que dure la zafra llevará a las casas de purgar todas las formas de azúcar que le hicieron  en el dicho ingenio y las devolverá vacías.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1558 febrero 19.

PEDRO ALVAREZ HIPOTECA UNAS  TIERRAS EN LA VEGA CASTAÑA  PARA GARANTIZAR  EL PAGO DE DEUDAS CONTRAIDAS,  POR LAS CUALES ESTUVO PRESO EN LA CÁRCEL PÚBLICA.  Las Palmas.  “Saneamiento  que  Pedro  Alvarez, vecino de Telde, hijo de Vicente Alvarez, difunto, y su mujer Mencia de Cabrera, ambos mayores de 14 años y menores  de 25, otorgan  a Antonio  López, mercader,  vecino, por  cuanto salió por su fiador, según escritura que pasó ante Rodrigo de Mesa, escribano público  de G.C., ante las deudas contraidas  que le condujeron a la cár- cel pública de esta ciudad, y que debe repartidas  a los siguientes: a Gabriel Box, mercader, 12.208  mrs.; a Hernán  Pérez de Loya, 11.948  mrs.; y a Juan de Alarcón, mercader, 4.656 mrs. Estos han tendo a bien que fuese liberado de  su reclusión  y le han  concedido  cierto  plazo  para  que  les liquide  los dichos débitos. Los plazos son: Juan de Alarcón esperará hasta el día de San Juan de Junio, Hernán  Pérez hasta agosto y Gabriel Box hasta octubre  del presente año. Los otorgantes aceptan que su fiador les pueda ejecutar por las dichas  deudas  una  vez cumplidos  los `plazos, aunque  no  haya lastado  ni pagado  cosa alguna. Para seguridad  de la deuda  hipotecan  unas  tierras de pan  sembrar  sitas en  Vega Castaña,  donde  llaman  el Cercado  de  Martín Bañes, y una esclavilla mulata llamada María, bienes ambos que Mencía de Cabrera aportó al matrimonio como dote. (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1558 febrero 23.
VENTA DE TIERRAS  Y AGUA EN EL CARRIZAL.
Las Palmas. 
“Venta que Lucía Larios, mujer de Bernardino de Besga, escribano públi- co de Gran canaria, con su previa licencia y su hermana  Juana Larios, beata, profesa de la orden  de Santo Domingo, hacen a Pedro de Escobar, escribano público  de  Gran  Canaria, de  2/5  de  una  suerte  de  tierras  y aguas que  le pertenecen como  dos de los cinco herederos  de Rodrigo de Larios y Juana Pérez, sus padres, difuntos. Las tierras se encuentran en el término de Agüimes donde dicen el Carrizal, lindando, por una parte de arriba, con el barranco del Carrizal, por una parte, con un camino  que pasa por las dichas tierras y por otras de Diego Jara y por la otra parte con tierras montañosas.  Se vende con todas sus entradas  y salidas, usos, costumbres  y servidumbres,  por un precio de treinta  doblas de oro de a quinientos  maravedises cada  una en dinero  de contado, correspondiéndole a cada otorgante  quince doblas.”  (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1558 marzo 11.
EL BACHILLER JUAN FULLANA CONFIRMA MEDIANTE TESTAMENTO  A SU ESPOSA BÁRBOLA GRIMÓN EN LA TUTELA Y CURADURÍA DE LAS PERSONAS Y BIENES DE SUS HIJOS.
Las Palmas.  “Confirmación en Bárbola Grimón, viuda  del Bachiller Fullana, fiscal del Santo Oficio de la Inquisición, de la tutela y curaduría  de las personas y bienes  de  sus  hijos  Juan  Fullana,  ausente  en  España,  Gaspar  y Baltasar Fullana, Alonso, Jorge, Diego  y Ana, todos  menores  de  veinticinco    años, habiendo  sido  nombrada para  el cargo por  su marido  en  su testamento.

Gaspar y Baltasar (mayores de catorce años), por sí y en nombre  de su her- mano Juan, a mayor abundamiento, nombran a su madre para el oficio.
Bárbola Grimón,  por ella y sus hijos, apoderan  generalmente  a García de “M.ª” [¿Mendoza?], procurador de causas de la isla.” (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1558 marzo 31.

PETICIÓN  DE HERNANDO  DE SANCTA CRUZ DE UNAS TIERRAS EN LOS MONDRAGONES  JUNTO  AL BARRANCO DE GUAYADEQUE.Las  Palmas. “Muy magnificos  señores,Hernando  de  Santacruz,vezino  desta  ysla beso las manos  de vuestra señoria dize que en la comarca  de la  villa de Aguymes esta un pedaço de tierra de sequero  en que podia aver un cahiz de tierra hasta quinze hanegas poco más o menos y tiene por linderos tier- ras de Lorenço  Martin  por la cabeçada  e de otra parte  tierras de Sancho Martin  de Cadiz e por  otra  parte  el barranco  de Guayadeque  e por  otra parte tierra que dizen  de los Mondragones,  a vuestra señoria suplica que usando  del poder  Real que tienen  en este caso como  vezino poblador  se le haga merçed por vuestras señorias del dicho pedaço de tierras mandan- dole dar su titulo  de merçed  y donaçion  entera  de su magestad  Real y en ello  reçibira  bien  y merçed,  cuyo  magnifico  estado  Dios  nuestro  señor prospere.

En cabildo XXXI de Março de IVDLVIII años.
E por los dichos señores gobernador e regidores vista dixeron  quese le da syn perjuizio  de terçero  la dicha  tierra  que  pide  e donde  la pide  e con las condiçiones  de las tierras de sequero e mandaronselo asentar en el libro de Repartimientos  e que se le de titulo della e que las aprobeche  con- forme a las hordenanças  dentro  de año e dia.” 

(Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1558 abril 14.

TESTAMENTO  DE BARTOLOMÉ HERRERO PARA QUE SUS HEREDEROS RECLAMEN DOS SUERTES DE TIERRA Y AGUA EN LA VEGA GENERAL DE AGUIMES Y QUE SE COBRE EL RESTO DE UNA DEUDA POR LA VENTA DE LA MITAD DE UNA VIÑA.

 “Declara, que su padre Martín Váñez,difunto compró  en el año 1.521, dos suertes  de tierra  y agua en la   vega general de Agüimes, por  setenta doblas, de lo que hizo escritura ante Pedro Ortiz  el Viejo,escribano públi- co que   fue de Gran Canaria y que las entregó  a su padre, por ser obedi- ente hijo,para que las gozase en vida.Mas luego Antonio de Soleto, sin ser llamado  ni  citado,  las sacó  a  pléito,  por  lo  que  piden  a  sus  herederos reclamen  el derecho  a las dichas tierras y agua,ya que no es justo que se pierdan.

Declara  que  su hermano  Juan Martínez  de  Billbao le debe  cuarenta doblas  por  la  mitad     de  una  viña  que,siendo  suya  vendió,para  lo  que hipotecó  media  suerte  de agua del repartimiento general   de Aguatona. Y que sin ser pagada la venta, se enajenó el agua  a Diego Jara con el cargo de la mencionada  hipoteca,quien  le pagó una bota de vino de   10 doblas,mas otras    cuatro  en dinero,todo  lo cual suman  14 doblas.Manda  que se cobre el resto.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1558 agosto 28.
RECONOCIMIENTO DE JUAN VELEZ DE VALDIVIESO EL   VIEJO  Y JUAN VELEZ DE VALDIVIESO EL MOZO  DE UNA  DEUDA DE AZÚCAR A  PEDRO HERNANDEZ.
 “Reconocimiento de déuda que Juan Vélez de Valdivieso el Viejo y Juan Vélez  de  Valdivieso  el  Mozo,  su  hijo,vecinos  de  Telde,hacen   a  Pedro Hernández de 29 arrobas de azúcar blanco,puestas  y pesadas en uno  de los ingenios de Telde, que le compró  a 855 maravedises la arroba,precio  que ya ha recibido.El azúcar se lo entregará por el día de San Juan de 1.559, y antes si más pronto saliere de las cañas que tiene en el  ingenio del Carrizal (¿) para moler.Para seguridad  de la déuda  los otorgantes  hipotecan  todo  el azúcar.”

1558 septiembre 7.
RECONOCIMIENTO DE DEUDA   DE PEDRO    DE ESCOBAR A RODRIGO  DE SEVILLA POR LA COMPRA DE TIERRA EN AGUIMES Y ANULACIÓN  DE SU ARRENDAMIENTO Y EL DE UNA SUERTE DE TIERRA BAJO EL INGENIO  DE AGUIMES.
 “Reconocimiento de déuda  que Pedro de Escobar, escribano  público  y del Cabildo de Gran Canaria,hace a Rodrigo de Sevilla,vecino,de 20 doblas de oro que son el resto de las 80 doblas   en que hoy le compró  una suerte de tierra sin agua en el término  de Agüimes,donde llaman La Ladera, y que fue de Pedro Alvarez  de Osorio y de Diego de Carmona. Se aclara que aunque  la escritura de venta se dice que Rodrigo  de Sevilla cobró todo,no fue así.A pagar cinco doblas a fin de Febrero  de los años 1.559 a 1.562. Rodrigo de Sevilla acepta la escritura, y ambas partes anulan  una escritura de arrendamiento de estas tierras   y de otra suerte sita bajo el  ingenio de Agüimes,  escritura que pasó ante Rodrigo de Mesa, escribano público de Gran Canaria.”

1558 septiembre 7.
VENTA DE TIERRAS EN AGUIMES QUE FUERON DE ALONSO DE MATOS “EL  VIEJO”. 
“Venta que Rodrigo de Sevilla y Leonor de Chávez, su mujer, vecinos, hacen a Pedro de Escobar, escribano  público  y del Cabildo de G.C., de una suerte  de tierras sin agua en Agüimes en La Ladera, que fue de Diego de Carmona,  platero, de Pedro Alvarez Osorio  y de Alonso de Matos el Viejo, de  quien  las hubieron los otorgantes,  que  linda  con  parral  y heredad  de Francisco  Sayo, difunto,  por  arriba  con  la  trasera  de  la  iglesia  de  San Sebastián de Agüimes y por abajo con el barranco  de la dicha villa, por pre- cio de 80  doblas  de oro  de a 500  maravedíes cada una  de la moneda  de Canarias. Al presente, Pedro de Escobar la tiene plantada  de cañas.”

1558 septiembre 21.

SOBRE UN PODER DE CRISTINA VANIZ,  MUJER  DE ALONSO DE MATOS.  Las Palmas.  “Sustitución  de poder  general que  Juan de Avila, vecino de Agüimes, hace a Hernando de Santa Cruz, procurador,  vecino, ausente  como si fuese presente, en representación de Cristina Vaniz, mujer de Alonso de Matos y de María de Arístegui, su mujer.”

1559 enero 1.
CONTRATO  PARA CORTAR LEÑA SANTA EN EL TÉRMINO DEL CARRIZAL.  Las Palmas.
“Minuta de servicios que Francisco Hernández, mulato, vecino de Telde y Juan González, estante, otorgan a Melchor de Olivares Maldonado  para cortar mil cargas de camello de leña santa buena  y limpia en el término  del Carrizal y Arinaga, en partes donde  hay un camino  de camellos que va al ingenio  de Catalina de Maldonado y colocarlas en un lugar donde puedan llegar los camel- los para cargar empezará  a cortar el 20 de Enero  y se obligan a tener  diaria- mente en el cargadero veinte cargas de leña recibiendo por cada carga cuarenta y cuatro  maravedises. Francisco Hernández confiesa haber  recibido  a cuenta treinta doblas de oro de esta manera: Diez en tributo,  diez en ropa, cuatro en dineros y el resto lo recibirá al final de este presente mes de Enero en dineros de contado, so pena de quedar anulado el servicio y quedándose  los otorgantes con lo recibido  hasta entonces; cortadas quinientas  cargas y empezadas  a cor- tar las otras quinientas,  han de recibir otras treinta  doblas. Los otorgantes  se obligan a no dejar de cortar hasta que no terminen  el servicio, así como a poner en él a toda la gente necesaria so pena de pagar el valor de la dicha leña y todo aquello que por no verla cortada  le venga de pérdidas  al dicho Melchor de Olivares.”   (Rafael Sánchez Valerón y Felipe Enrique  Martín Santiago. Génesis y desarrollo del Ingenio durante el siglo XVI)

1559 enero 7.
RECONOCIMIENTO DE UNA DEUDA EN TRIGO POR LA  RENTA DE UNAS TIERRAS  EN

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